Consejería De Educación Y Empleo. Competencia Profesional. (2021040144)
Decreto 115/2021, de 29 de septiembre, por el que se deroga el Decreto 21/2011, de 25 de febrero, por el que se establece la organización del procedimiento para el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral y vías no formales de formación, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado por Decreto 45/2013, de 2 de abril.
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NÚMERO 192
Martes, 5 de octubre de 2021
47585
gestor del procedimiento los mecanismos necesarios para la baremación de las solicitudes de
participación, en aquellos casos en los que el número de personas interesadas fuese superior
al número de plazas incluidas en la orden de convocatoria correspondiente.
La modificación del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral, supone la introducción de
innovaciones sustanciales en elementos sustanciales del procedimiento y su gestión, que se
extienden desde la sustitución del sistema convocatorias públicas por el establecimiento de
un procedimiento abierto y permanente, hasta la modificación de los requisitos de acceso, las
formas de habilitación para el ejercicio de las funciones de asesoramiento y evaluación, o los
supuestos en los que se empleen comisiones de evaluación.
Las disposiciones contenidas en el Decreto 21/2011, de 25 de febrero, por el que se establece
la organización del procedimiento para el reconocimiento de las competencias profesionales
adquiridas por experiencia laboral y vías no formales de formación en la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Decreto 45/2013, de 2 de abril, que lo modifica, se oponen
expresamente al contenido de las modificaciones que incorpora la nueva normativa del Estado
en esta materia.
Por todo ello, según lo anteriormente expuesto, se hace necesaria la derogación del decreto
al que hemos hecho mención, y su sustitución por las disposiciones generales que doten a
la Administración autonómica de los instrumentos jurídicos necesarios para la gestión de los
procedimientos de acreditación de competencias profesionales adquiridos a través de la experiencia profesional o de la formación no formal.
Por razones de seguridad jurídica, y para garantizar el derecho de cada ciudadano al inicio
del procedimiento de evaluación y acreditación de sus cualificaciones profesionales adquiridas
por experiencia laboral, se han iniciado las actuaciones conducentes a la elaboración de una
orden de convocatoria de procedimiento abierto en la que se dispongan las particularidades
de gestión y tramitación del procedimiento de reconocimiento de competencias profesionales
adquiridas a través de la experiencia laboral en la Comunidad Autónoma de Extremadura,
todo ello en desarrollo del Real Decreto 143/2021, de 9 de marzo.
Así, una vez realizados los trámites establecidos en la normativa vigente, y evacuados los informes preceptivos, en virtud de lo establecido en los artículos 23.h) y 90.2 de la Ley 1/2002,
de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Empleo y Educación, previa deliberación del Consejo
de Gobierno de la Junta de Extremadura, en su sesión de 29 de septiembre de 2021,
Martes, 5 de octubre de 2021
47585
gestor del procedimiento los mecanismos necesarios para la baremación de las solicitudes de
participación, en aquellos casos en los que el número de personas interesadas fuese superior
al número de plazas incluidas en la orden de convocatoria correspondiente.
La modificación del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral, supone la introducción de
innovaciones sustanciales en elementos sustanciales del procedimiento y su gestión, que se
extienden desde la sustitución del sistema convocatorias públicas por el establecimiento de
un procedimiento abierto y permanente, hasta la modificación de los requisitos de acceso, las
formas de habilitación para el ejercicio de las funciones de asesoramiento y evaluación, o los
supuestos en los que se empleen comisiones de evaluación.
Las disposiciones contenidas en el Decreto 21/2011, de 25 de febrero, por el que se establece
la organización del procedimiento para el reconocimiento de las competencias profesionales
adquiridas por experiencia laboral y vías no formales de formación en la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Decreto 45/2013, de 2 de abril, que lo modifica, se oponen
expresamente al contenido de las modificaciones que incorpora la nueva normativa del Estado
en esta materia.
Por todo ello, según lo anteriormente expuesto, se hace necesaria la derogación del decreto
al que hemos hecho mención, y su sustitución por las disposiciones generales que doten a
la Administración autonómica de los instrumentos jurídicos necesarios para la gestión de los
procedimientos de acreditación de competencias profesionales adquiridos a través de la experiencia profesional o de la formación no formal.
Por razones de seguridad jurídica, y para garantizar el derecho de cada ciudadano al inicio
del procedimiento de evaluación y acreditación de sus cualificaciones profesionales adquiridas
por experiencia laboral, se han iniciado las actuaciones conducentes a la elaboración de una
orden de convocatoria de procedimiento abierto en la que se dispongan las particularidades
de gestión y tramitación del procedimiento de reconocimiento de competencias profesionales
adquiridas a través de la experiencia laboral en la Comunidad Autónoma de Extremadura,
todo ello en desarrollo del Real Decreto 143/2021, de 9 de marzo.
Así, una vez realizados los trámites establecidos en la normativa vigente, y evacuados los informes preceptivos, en virtud de lo establecido en los artículos 23.h) y 90.2 de la Ley 1/2002,
de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Empleo y Educación, previa deliberación del Consejo
de Gobierno de la Junta de Extremadura, en su sesión de 29 de septiembre de 2021,