Servicio Extremeño De Salud. Pruebas Selectivas. (2021062903)
Resolución de 20 de septiembre de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Pediatra de Equipo de Atención Primaria, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 191
Lunes, 4 de octubre de 2021
47329
Para la acreditación de servicios prestados se tendrán en cuenta las siguientes reglas:
a) Los servicios prestados en Centros o Instituciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud, se acreditarán mediante certificado expedido de oficio por el
Servicio Extremeño de Salud, quien lo aportará al Tribunal de Selección para su
valoración en la fase de concurso.
Dicho certificado será objeto de comunicación a cada participante en la parte
privada de la dirección de Internet https://saludextremadura.ses.es/seleccionpersonal/, dónde cada uno de ellos podrá acceder a su contenido mediante sus
claves personales de acceso o certificado digital.
A tal fin el Servicio Extremeño de Salud hará público en el Diario Oficial de Extremadura de un anuncio que sustituirá a la notificación, surtiendo sus mismos
efectos, en el que se indicará a los participantes en este proceso selectivo tanto
la puesta a disposición de dicho certificado como el plazo de cinco días hábiles a
contar desde el día siguiente al de dicha publicación, para que, en caso de disconformidad con el contenido del mismo puedan manifestarlo por escrito ante
la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales del Servicio Extremeño de Salud, acreditando documentalmente los datos que se consideren
erróneos.
b) Los servicios prestados en Centros o Instituciones Sanitarias de otros Servicios
de Salud y en otras Administraciones Públicas, incluida la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, se acreditarán por el propio aspirante,
mediante certificación expedida por el órgano competente de la Administración
donde se hayan prestado los mismos.
c) Respecto de los servicios prestados referidos a las Guardias Médicas (subapartado
6), los certificados deberán expresarse en horas distribuidas por meses naturales.
d) La participación en misiones de cooperación al desarrollo o ayuda humanitaria
en el ámbito de la Salud, se acreditará mediante copia auténtica expedida por el
organismo competente.
e) L
os certificados de servicios prestados anteriormente señalados deberán contener la categoría y/o especialidad, el porcentaje de jornada y en su caso motivo
de la reducción de la jornada de los periodos de tiempo trabajados hasta la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Lunes, 4 de octubre de 2021
47329
Para la acreditación de servicios prestados se tendrán en cuenta las siguientes reglas:
a) Los servicios prestados en Centros o Instituciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud, se acreditarán mediante certificado expedido de oficio por el
Servicio Extremeño de Salud, quien lo aportará al Tribunal de Selección para su
valoración en la fase de concurso.
Dicho certificado será objeto de comunicación a cada participante en la parte
privada de la dirección de Internet https://saludextremadura.ses.es/seleccionpersonal/, dónde cada uno de ellos podrá acceder a su contenido mediante sus
claves personales de acceso o certificado digital.
A tal fin el Servicio Extremeño de Salud hará público en el Diario Oficial de Extremadura de un anuncio que sustituirá a la notificación, surtiendo sus mismos
efectos, en el que se indicará a los participantes en este proceso selectivo tanto
la puesta a disposición de dicho certificado como el plazo de cinco días hábiles a
contar desde el día siguiente al de dicha publicación, para que, en caso de disconformidad con el contenido del mismo puedan manifestarlo por escrito ante
la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales del Servicio Extremeño de Salud, acreditando documentalmente los datos que se consideren
erróneos.
b) Los servicios prestados en Centros o Instituciones Sanitarias de otros Servicios
de Salud y en otras Administraciones Públicas, incluida la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, se acreditarán por el propio aspirante,
mediante certificación expedida por el órgano competente de la Administración
donde se hayan prestado los mismos.
c) Respecto de los servicios prestados referidos a las Guardias Médicas (subapartado
6), los certificados deberán expresarse en horas distribuidas por meses naturales.
d) La participación en misiones de cooperación al desarrollo o ayuda humanitaria
en el ámbito de la Salud, se acreditará mediante copia auténtica expedida por el
organismo competente.
e) L
os certificados de servicios prestados anteriormente señalados deberán contener la categoría y/o especialidad, el porcentaje de jornada y en su caso motivo
de la reducción de la jornada de los periodos de tiempo trabajados hasta la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes.