Servicio Extremeño De Salud. Pruebas Selectivas. (2021062903)
Resolución de 20 de septiembre de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Pediatra de Equipo de Atención Primaria, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
39 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 191
Lunes, 4 de octubre de 2021
47307
tación de los documentos acreditativos de los méritos que se aleguen para la fase de
concurso.
Novena. Relación provisional de aprobados.
9.1. Concluidas las fases del proceso selectivo, el Tribunal deberá proceder a la suma de las
calificaciones obtenidas por cada uno de los aspirantes en la fase de oposición y en la
fase de concurso, desglosada ésta en cada apartado y subapartados de la experiencia
profesional del baremo, y haciendo pública en la correspondiente sección del portal de
Selección de Personal del Servicio Extremeño de Salud, la relación provisional de aprobados por orden de puntuación total clasificada por turnos.
En caso de empate, éste se dirimirá por la aplicación sucesiva de los siguientes criterios: 1.º mayor puntuación en la fase de oposición; 2.º mayor valoración obtenida en el
apartado de experiencia profesional de la fase de concurso; 3.º según el sorteo publicado mediante Resolución de 26 de febrero de 2021, de la Dirección General de Función
Pública (DOE núm. 42, de 3 de marzo), por el que se establece el orden de prelación de
los aspirantes, en caso de empate, comenzará por la letra “M”. De persistir el empate, se
aplicará la letra del citado sorteo a las siguientes letras de los apellidos y nombres.
9.2. En el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de su publicación,
los aspirantes podrán presentar a través de la herramienta web disponible para ello en
el apartado correspondiente del portal de Selección de Personal del Servicio Extremeño
de Salud, las alegaciones que estimen pertinentes en relación con la puntuación de la
fase de concurso, las cuales no tendrán carácter de recurso, entendiéndose rechazadas
o admitidas con la publicación de la resolución definitiva de aprobados. Esta publicación
servirá de notificación a los interesados.
Décima. Relación Definitiva de aprobados.
10.1. Resueltas las alegaciones presentadas contra la relación provisional de aprobados, el
Tribunal de Selección elevará la relación definitiva de aprobados, clasificada por turnos
y ordenada por la puntuación obtenida al Director Gerente del Servicio Extremeño de
Salud, quien dictará resolución que se publicará en el Diario Oficial de Extremadura. No
obstante, en el supuesto de que algún aspirante, que haya concurrido por el turno de
discapacidad, dentro de la convocatoria general una vez superado el proceso selectivo,
no tuviera plaza en dicho turno y su puntuación total fuera superior a la obtenida por
otros aspirantes del turno libre, será incluido por orden de puntuación en dicha relación
definitiva de aprobados, según lo previsto en el artículo 6.2 del Decreto 111/2017, de
18 de julio por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo
Lunes, 4 de octubre de 2021
47307
tación de los documentos acreditativos de los méritos que se aleguen para la fase de
concurso.
Novena. Relación provisional de aprobados.
9.1. Concluidas las fases del proceso selectivo, el Tribunal deberá proceder a la suma de las
calificaciones obtenidas por cada uno de los aspirantes en la fase de oposición y en la
fase de concurso, desglosada ésta en cada apartado y subapartados de la experiencia
profesional del baremo, y haciendo pública en la correspondiente sección del portal de
Selección de Personal del Servicio Extremeño de Salud, la relación provisional de aprobados por orden de puntuación total clasificada por turnos.
En caso de empate, éste se dirimirá por la aplicación sucesiva de los siguientes criterios: 1.º mayor puntuación en la fase de oposición; 2.º mayor valoración obtenida en el
apartado de experiencia profesional de la fase de concurso; 3.º según el sorteo publicado mediante Resolución de 26 de febrero de 2021, de la Dirección General de Función
Pública (DOE núm. 42, de 3 de marzo), por el que se establece el orden de prelación de
los aspirantes, en caso de empate, comenzará por la letra “M”. De persistir el empate, se
aplicará la letra del citado sorteo a las siguientes letras de los apellidos y nombres.
9.2. En el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de su publicación,
los aspirantes podrán presentar a través de la herramienta web disponible para ello en
el apartado correspondiente del portal de Selección de Personal del Servicio Extremeño
de Salud, las alegaciones que estimen pertinentes en relación con la puntuación de la
fase de concurso, las cuales no tendrán carácter de recurso, entendiéndose rechazadas
o admitidas con la publicación de la resolución definitiva de aprobados. Esta publicación
servirá de notificación a los interesados.
Décima. Relación Definitiva de aprobados.
10.1. Resueltas las alegaciones presentadas contra la relación provisional de aprobados, el
Tribunal de Selección elevará la relación definitiva de aprobados, clasificada por turnos
y ordenada por la puntuación obtenida al Director Gerente del Servicio Extremeño de
Salud, quien dictará resolución que se publicará en el Diario Oficial de Extremadura. No
obstante, en el supuesto de que algún aspirante, que haya concurrido por el turno de
discapacidad, dentro de la convocatoria general una vez superado el proceso selectivo,
no tuviera plaza en dicho turno y su puntuación total fuera superior a la obtenida por
otros aspirantes del turno libre, será incluido por orden de puntuación en dicha relación
definitiva de aprobados, según lo previsto en el artículo 6.2 del Decreto 111/2017, de
18 de julio por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo