Servicio Extremeño De Salud. Pruebas Selectivas. (2021062903)
Resolución de 20 de septiembre de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Pediatra de Equipo de Atención Primaria, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 191
Lunes, 4 de octubre de 2021

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No obstante, el Tribunal de Selección, podrá hacer excepción en el llamamiento único del
ejercicio en el caso de personas imposibilitadas de acudir a la prueba por razones de embarazo, parto, convalecencia u otros impedimentos graves de salud valorados libremente
por el Tribunal. Dicha circunstancia deberá ponerse en conocimiento del tribunal con
carácter previo a la celebración de la prueba y acreditarse mediante certificado médico.
Estas situaciones darán lugar a un segundo llamamiento de los aspirantes afectados, que
deberá realizarse a la mayor brevedad posible y en términos similares al contenido del
primer llamamiento.
7.2. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su
identidad.
7.3. Si durante en el transcurso del proceso selectivo, el Tribunal o el órgano convocante
tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, o bien que se han producido variaciones en las
circunstancias alegadas en la solicitud, se iniciará expediente de comprobación acerca
del cumplimiento de los requisitos, con trámite de audiencia al interesado. El Director
Gerente, de forma motivada, podrá en su caso, declararlo excluido del proceso selectivo.
7.4. Cuando fuera necesario en función del número de aspirantes, y atendiendo a razones de
eficacia, funcionalidad y agilidad del proceso, el titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales del Servicio Extremeño de Salud podrá acordar que el
ejercicio de la fase de oposición pueda realizarse en varias localidades, y en su caso en
varios turnos. Para ello, los aspirantes deberán manifestar en su solicitud de participación la preferencia de la provincia de examen. A estos efectos, el órgano convocante podrá nombrar comisiones colaboradoras para realizar las tareas organizativas que le sean
encomendadas, sin que su actuación afecte a las competencias del Tribunal de Selección.
En el caso de que el ejercicio de la fase de oposición se celebrase en más de una provincia, se asignará una a cada uno de los aspirantes. De no señalar ninguna preferencia,
será la Administración la que asignará al aspirante la provincia de examen.
Octava. Selección de aspirantes.
8.1. Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que
hayan superado la misma, clasificada por turnos y con expresión de la puntuación obtenida, en el apartado correspondiente del portal de Selección de Personal del Servicio
Extremeño de Salud.
8.2. El Tribunal, al hacer pública la relación de aprobados del ejercicio de la fase de oposición,
anunciará simultáneamente la apertura del plazo de diez días hábiles para la presen-