Servicio Extremeño De Salud. Pruebas Selectivas. (2021062906)
Resolución de 20 de septiembre de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Médico/a de Urgencias de Atención Primaria, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
39 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 191
Lunes, 4 de octubre de 2021
47408
g) Para los aspirantes que accedan por el turno de promoción interna se valorarán los
servicios prestados en promoción interna temporal siempre que hayan sido prestados en la categoría a la que se accede. Para el resto de los supuestos los servicios
prestados en promoción interna temporal se valorarán en la categoría de origen.
h)
A los efectos de determinar las equivalencias de las categorías se estará a lo
dispuesto en el anexo del Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, por el que se
regula el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del
personal estatutario de los servicios de salud y el procedimiento de actualización.
Para la acreditación de servicios prestados se tendrán en cuenta las siguientes
reglas:
a) Los servicios prestados en Centros o Instituciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud, se acreditarán mediante certificado expedido de oficio por el Servicio
Extremeño de Salud, quien lo aportará al Tribunal de Selección para su valoración
en la fase de concurso.
Dicho certificado será objeto de comunicación a cada participante en la parte privada de la dirección de internet https://saludextremadura.ses.es/seleccionpersonal/,
dónde cada uno de ellos podrá acceder a su contenido mediante sus claves personales de acceso o certificado digital.
A tal fin el Servicio Extremeño de Salud hará público en el Diario Oficial de Extremadura de un anuncio que sustituirá a la notificación, surtiendo sus mismos
efectos, en el que se indicará a los participantes en este proceso selectivo tanto
la puesta a disposición de dicho certificado como el plazo de cinco días hábiles a
contar desde el día siguiente al de dicha publicación, para que, en caso de disconformidad con el contenido del mismo puedan manifestarlo por escrito ante la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales del Servicio Extremeño
de Salud, acreditando documentalmente los datos que se consideren erróneos.
b) Los servicios prestados en Centros o Instituciones Sanitarias de otros Servicios de
Salud y en otras Administraciones Públicas, incluida la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se acreditarán por el propio aspirante, mediante
certificación expedida por el órgano competente de la Administración donde se
hayan prestado los mismos.
c) R
especto de los servicios prestados con nombramiento específico para la realización
de Refuerzos/Guardias Médicas, (subapartado 5), los certificados deberán expresarse en horas distribuidas por meses naturales.
Lunes, 4 de octubre de 2021
47408
g) Para los aspirantes que accedan por el turno de promoción interna se valorarán los
servicios prestados en promoción interna temporal siempre que hayan sido prestados en la categoría a la que se accede. Para el resto de los supuestos los servicios
prestados en promoción interna temporal se valorarán en la categoría de origen.
h)
A los efectos de determinar las equivalencias de las categorías se estará a lo
dispuesto en el anexo del Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, por el que se
regula el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del
personal estatutario de los servicios de salud y el procedimiento de actualización.
Para la acreditación de servicios prestados se tendrán en cuenta las siguientes
reglas:
a) Los servicios prestados en Centros o Instituciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud, se acreditarán mediante certificado expedido de oficio por el Servicio
Extremeño de Salud, quien lo aportará al Tribunal de Selección para su valoración
en la fase de concurso.
Dicho certificado será objeto de comunicación a cada participante en la parte privada de la dirección de internet https://saludextremadura.ses.es/seleccionpersonal/,
dónde cada uno de ellos podrá acceder a su contenido mediante sus claves personales de acceso o certificado digital.
A tal fin el Servicio Extremeño de Salud hará público en el Diario Oficial de Extremadura de un anuncio que sustituirá a la notificación, surtiendo sus mismos
efectos, en el que se indicará a los participantes en este proceso selectivo tanto
la puesta a disposición de dicho certificado como el plazo de cinco días hábiles a
contar desde el día siguiente al de dicha publicación, para que, en caso de disconformidad con el contenido del mismo puedan manifestarlo por escrito ante la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales del Servicio Extremeño
de Salud, acreditando documentalmente los datos que se consideren erróneos.
b) Los servicios prestados en Centros o Instituciones Sanitarias de otros Servicios de
Salud y en otras Administraciones Públicas, incluida la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se acreditarán por el propio aspirante, mediante
certificación expedida por el órgano competente de la Administración donde se
hayan prestado los mismos.
c) R
especto de los servicios prestados con nombramiento específico para la realización
de Refuerzos/Guardias Médicas, (subapartado 5), los certificados deberán expresarse en horas distribuidas por meses naturales.