Servicio Extremeño De Salud. Pruebas Selectivas. (2021062902)
Resolución de 20 de septiembre 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo/a Especialista de Área, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 191
Lunes, 4 de octubre de 2021
47065
1.5. A los aspirantes que superen el proceso selectivo les será de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud y la normativa declarada
vigente por este Estatuto, así como las que se dicten para su desarrollo.
1.6. Las bases y anexos de la presente convocatoria, así como toda la información relacionada
con los diferentes aspectos del desarrollo de este proceso selectivo estarán disponibles
en internet a través del portal de Selección de Personal del Servicio Extremeño de Salud
(https://saludextremadura.ses.es/seleccionpersonal/)
Segunda. Requisitos de los aspirantes.
2.1. Para ser admitidos a la realización del presente proceso selectivo, los aspirantes deberán
reunir los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española. Los nacionales de los Estados miembros de la Unión
Europea podrán acceder, como personal estatutario, en igualdad de condiciones que
los españoles.
Estas previsiones serán de aplicación, cualquiera que sea su nacionalidad, al cónyuge
de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea,
siempre que no estén separados de derecho, y a sus descendientes y a los de su cónyuge
siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores
de dicha edad dependientes. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el
ámbito de aplicación de los tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y
ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Las personas extranjeras que no cumplan los requisitos establecidos en los párrafos anteriores podrán acceder en igualdad de condiciones, a la condición de personal estatutario
fijo en la categoría convocada en aquellas especialidades que requieren estar en posesión
de una especialidad médica, mediante la acreditación de su residencia legal en España en
los términos que establezca el régimen jurídico vigente en materia de extranjería.
b) Tener cumplidos los 16 años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del título de Especialista en Ciencias de la Salud en la especialidad
a la que se opte, o en condiciones de obtener dicho título por haber finalizado completamente la formación exigida para su obtención, dentro del plazo de presentación
de instancias.
Lunes, 4 de octubre de 2021
47065
1.5. A los aspirantes que superen el proceso selectivo les será de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud y la normativa declarada
vigente por este Estatuto, así como las que se dicten para su desarrollo.
1.6. Las bases y anexos de la presente convocatoria, así como toda la información relacionada
con los diferentes aspectos del desarrollo de este proceso selectivo estarán disponibles
en internet a través del portal de Selección de Personal del Servicio Extremeño de Salud
(https://saludextremadura.ses.es/seleccionpersonal/)
Segunda. Requisitos de los aspirantes.
2.1. Para ser admitidos a la realización del presente proceso selectivo, los aspirantes deberán
reunir los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española. Los nacionales de los Estados miembros de la Unión
Europea podrán acceder, como personal estatutario, en igualdad de condiciones que
los españoles.
Estas previsiones serán de aplicación, cualquiera que sea su nacionalidad, al cónyuge
de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea,
siempre que no estén separados de derecho, y a sus descendientes y a los de su cónyuge
siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores
de dicha edad dependientes. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el
ámbito de aplicación de los tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y
ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Las personas extranjeras que no cumplan los requisitos establecidos en los párrafos anteriores podrán acceder en igualdad de condiciones, a la condición de personal estatutario
fijo en la categoría convocada en aquellas especialidades que requieren estar en posesión
de una especialidad médica, mediante la acreditación de su residencia legal en España en
los términos que establezca el régimen jurídico vigente en materia de extranjería.
b) Tener cumplidos los 16 años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del título de Especialista en Ciencias de la Salud en la especialidad
a la que se opte, o en condiciones de obtener dicho título por haber finalizado completamente la formación exigida para su obtención, dentro del plazo de presentación
de instancias.