Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062928)
Resolución de 24 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "FRV San Serván IV", a realizar en el término municipal de Mérida (Badajoz). Expte.: IA20/1521.
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NÚMERO 190
Viernes, 1 de octubre de 2021

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— Flora, vegetación y hábitats.


La principal afección es la eliminación de la vegetación de las áreas sobre
las que se actúa, en la fase de obras. En el ámbito de estudio no se localiza ningún hábitat de interés comunitario. La vegetación afectada serán
plantas herbáceas de generación espontánea y escaso valor ecológico, un
50% aproximadamente de la superficie necesaria está ocupada por olivares, mientras que el resto está ocupado por viñedos.



Por otro lado, el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal informa que no
existe afección forestal, el terreno ocupado por el proyecto es agrícola, sólo
se aprecia vegetación arbustiva/arbórea en la linde norte, que en todo caso
se respeta,

— Paisaje.


La zona de estudio pertenece a las cuencas sedimentarias y vegas, y más
en concreto, a las campiñas de la Cuenca del Guadiana. En la zona se perciben estas extensas planicies suaves, lomas y vaguadas, sin afloramientos
rocosos y, generalmente, cultivadas.



La implantación del proyecto supone una incidencia ambiental sobre la variable paisajística en sus distintas fases de desarrollo: fase de construcción,
fase de explotación y fase de desmantelamiento.



Con el objetivo de ocultar parte de las instalaciones, se instalará una pantalla vegetal con vegetación autóctona que mimetizará las instalaciones en
el paisaje y amortiguará en gran parte esta afección, así como el empleo
de materiales y colores que permitan la integración de los elementos proyectados en el entorno.

— Patrimonio arqueológico.


El proyecto se sitúa dentro de los límites del Yacimiento Arqueológico de
Mérida, que ocupa todo el término municipal de esta ciudad, en concreto en
la Zona Arqueológica V, Protección General, parcelas 4, 5, 6, 17, 32, 39, 42,
63, 64 y 67 del polígono 70. La Zona V de Protección General, es un nivel
asignado a aquellas áreas que no tienen destino urbano y que por tanto
forman parte del Suelo no Urbanizable del Plan General en las que existe la
posibilidad de aparición de elementos aislados de carácter arqueológico.