Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062927)
Resolución de 24 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de instalación solar fotovoltaica "FRV San Serván III", a realizar en el término municipal de Mérida (Badajoz). Expte.: IA 20/1519.
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NÚMERO 190
Viernes, 1 de octubre de 2021



46929

A
 continuación, se resumen los aspectos ambientales más significativos contenidos
en los informes recibidos. Las consideraciones del promotor a los mismos se han
integrado en el apartado C.1. “Resumen del análisis técnico del expediente” de esta
declaración de impacto ambiental:



— Con fecha 6 de abril de 2021, el Servicio de Regadíos informa que en las parcelas donde se ubica el proyecto, no es de aplicación la normativa expresada en
la Ley de Reforma y Desarrollo agrario, aprobada por Decreto de 12 de enero
de 1973, a efectos de concentración Parcelaria, Zonas Regables Oficiales y Expropiaciones de Interés Social, siendo así que no se considera órgano gestor
de intereses públicos existentes en la zona, por lo que no compete al mismo.
Procede al archivo del expediente sin más trámite, sin perjuicio del cumplimiento de aquellos otros requisitos legal o reglamentariamente establecido.



— Con fecha 21 de abril de 2021 el Servicio de Infraestructuras Rurales informa
que el proyecto no afecta a ninguna de las Vías Pecuarias existentes en término municipal de Mérida. Por todo ello y en cumplimiento de la legislación
vigente en materia de vías pecuarias (Ley 3/1995, de 23 de marzo, Decreto
49/2000, de 8 de marzo y Ley 6/2015, de 24 de marzo) se da traslado para su
conocimiento y efectos oportunos.



— Con fecha 23 de abril de 2021 el Servicio de Ordenación del Territorio informa que, a efectos de ordenación del territorio de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, no se detecta afección sobre sobre instrumento de ordenación
territorial aprobado (Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación
del Territorio de Extremadura, con modificaciones posteriores, y Ley 11/2018,
de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, con modificación posterior) en el ámbito territorial de la consulta, ni
alguna otra consideración que se pueda aportar referidas a aspectos ambientales.



— Con fecha 28 de abril de 2021, la Dirección General de Salud Pública del Servicio Extremeño de Salud informa favorablemente.

— Con fecha 4 de mayo de 2021 la Sección de Conservación y Explotación de
la Dirección General de Movilidad e Infraestructuras Viarias informa que no
procede emitir informe sectorial ya que las instalaciones a las que se refiere
se encuentran ubicadas fuera de las zonas de influencia de carreteras de titularidad de la Junta de Extremadura, no teniendo acceso directo a ninguna de
ellas.