Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062920)
Resolución de 23 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para financiar el desarrollo del Programa de Formación Avanzada para Técnicos de Comercio Exterior 2021-2022.
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NÚMERO 190
Viernes, 1 de octubre de 2021
46766
En las hojas de liquidación de dietas y desplazamientos se deberá especificar con claridad
y precisión el objeto o realización de actividad que motivan la realización de las mismas.
Facturas
Los gastos se deben justificar con facturas oficiales, así como documentos de contabilidad y
apoyo con valor probatorio equivalente. En todo caso las facturas deberán cumplir lo establecido en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, modificado por el Real Decreto
1512/2018, de 28 de diciembre, por el que se regulan las obligaciones de facturación.
Una vez realizado el servicio o entregado el suministro o la obra correspondiente, para
que la factura emitida pueda ser conformada por el responsable de la entidad ha de reunir
siempre los siguientes requisitos:
a) Ha de ser emitida a favor de la entidad que ha contratado el servicio, suministro o la
obra.
b) Deben aparecer:
El N.I.F. de la entidad contratante.
El nombre de la empresa y N.I.F., según sea persona física o jurídica.
La fecha.
El número de factura.
Detalle por unidades e importes.
Detalle de si el I.V.A. está incluido o fraccionado.
c) Cada factura ha de ser original y antes de proceder a conformarla ha de comprobarse
que el importe de la misma es correcto.
Para la documentación acreditativa del resto de gastos debe tenerse en cuenta:
— Amortización del equipamiento que el programa requiera: El cálculo de las cuotas
de amortización se determinarán de conformidad con lo establecido en las ordenes
HAP/1781/2013 y HAP/1782/2013, de 20 de septiembre, en relación con lo establecido en el anexo de la tabla de coeficientes de amortizaciones del Real Decreto
634/2015, de 10 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del impuesto sobre
Sociedades (BOE núm 165, de 11 de julio de 2015). Se solicitará fotocopia de las
facturas de adquisición de inmovilizado amortizable, en cuyo original deberá incluirse
Viernes, 1 de octubre de 2021
46766
En las hojas de liquidación de dietas y desplazamientos se deberá especificar con claridad
y precisión el objeto o realización de actividad que motivan la realización de las mismas.
Facturas
Los gastos se deben justificar con facturas oficiales, así como documentos de contabilidad y
apoyo con valor probatorio equivalente. En todo caso las facturas deberán cumplir lo establecido en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, modificado por el Real Decreto
1512/2018, de 28 de diciembre, por el que se regulan las obligaciones de facturación.
Una vez realizado el servicio o entregado el suministro o la obra correspondiente, para
que la factura emitida pueda ser conformada por el responsable de la entidad ha de reunir
siempre los siguientes requisitos:
a) Ha de ser emitida a favor de la entidad que ha contratado el servicio, suministro o la
obra.
b) Deben aparecer:
El N.I.F. de la entidad contratante.
El nombre de la empresa y N.I.F., según sea persona física o jurídica.
La fecha.
El número de factura.
Detalle por unidades e importes.
Detalle de si el I.V.A. está incluido o fraccionado.
c) Cada factura ha de ser original y antes de proceder a conformarla ha de comprobarse
que el importe de la misma es correcto.
Para la documentación acreditativa del resto de gastos debe tenerse en cuenta:
— Amortización del equipamiento que el programa requiera: El cálculo de las cuotas
de amortización se determinarán de conformidad con lo establecido en las ordenes
HAP/1781/2013 y HAP/1782/2013, de 20 de septiembre, en relación con lo establecido en el anexo de la tabla de coeficientes de amortizaciones del Real Decreto
634/2015, de 10 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del impuesto sobre
Sociedades (BOE núm 165, de 11 de julio de 2015). Se solicitará fotocopia de las
facturas de adquisición de inmovilizado amortizable, en cuyo original deberá incluirse