Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062920)
Resolución de 23 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para financiar el desarrollo del Programa de Formación Avanzada para Técnicos de Comercio Exterior 2021-2022.
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NÚMERO 190
Viernes, 1 de octubre de 2021
46742
2. Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pyme, SLU, ejecutará las actividades mencionadas en la cláusula segunda siguiendo el desglose de tareas que se adjunta en el anexo I
e informará sobre el nivel de logro de los indicadores de productividad que figura en dicho
anexo.
No obstante lo anterior, podrán producirse desviaciones en los importes de cada una de las
actividades y/u operaciones previstas para la realización de las mismas, limitadas siempre
por el importe máximo previsto para cada anualidad. Sin perjuicio de lo anterior, se podrán
celebrar adendas al presente convenio para modificar el contenido del mismo.
A estos efectos, no se entiende necesaria la formalización de adenda para el supuesto
contemplado en párrafo anterior, cuando las posibles variaciones no superen el 20% del
presupuesto entre operaciones, dentro de cada actividad, o una desviación de hasta un
10% de presupuesto entre cada una de las actividades. Todo ello respecto del importe
previsto para cada anualidad y siempre que previamente sea acordado por la Comisión de
Seguimiento.
3. L
a justificación de los gastos deberá realizarse conforme a las instrucciones indicadas en
el Anexo II del presente convenio y las medidas que garanticen su trazabilidad recogidas
en ese mismo Anexo II (Cuadro resumen de actuaciones, Relación de facturas imputadas
y justificantes de pago, Relación de subvenciones imputadas a la transferencia, Gastos de
personal de cada trabajador imputado a la transferencia, Dietas y desplazamientos de cada
trabajador imputado a la transferencia y Memoria final del programa).
4. Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, llevará una contabilidad y facturación pormenorizada y separada para esta transferencia específica a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio.
En todo caso dispondrá de un sistema de contabilidad analítica de las actuaciones realizadas a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio.
Con respecto a la forma de justificación de los medios humanos asignados a las actividades
del convenio, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, establecerá un sistema de control cabal y trazable, permitiendo monitorizar el número de horas del técnico
efectivamente imputables.
Asimismo, deberá conservar los expedientes y los justificantes de gastos y pagos conforme
se establece en las instrucciones indicadas en el anexo II del presente convenio, que estarán a disposición de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, de los órganos
de fiscalización y control financiero durante un plazo de cinco años desde la finalización de
la vigencia del convenio.
Viernes, 1 de octubre de 2021
46742
2. Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pyme, SLU, ejecutará las actividades mencionadas en la cláusula segunda siguiendo el desglose de tareas que se adjunta en el anexo I
e informará sobre el nivel de logro de los indicadores de productividad que figura en dicho
anexo.
No obstante lo anterior, podrán producirse desviaciones en los importes de cada una de las
actividades y/u operaciones previstas para la realización de las mismas, limitadas siempre
por el importe máximo previsto para cada anualidad. Sin perjuicio de lo anterior, se podrán
celebrar adendas al presente convenio para modificar el contenido del mismo.
A estos efectos, no se entiende necesaria la formalización de adenda para el supuesto
contemplado en párrafo anterior, cuando las posibles variaciones no superen el 20% del
presupuesto entre operaciones, dentro de cada actividad, o una desviación de hasta un
10% de presupuesto entre cada una de las actividades. Todo ello respecto del importe
previsto para cada anualidad y siempre que previamente sea acordado por la Comisión de
Seguimiento.
3. L
a justificación de los gastos deberá realizarse conforme a las instrucciones indicadas en
el Anexo II del presente convenio y las medidas que garanticen su trazabilidad recogidas
en ese mismo Anexo II (Cuadro resumen de actuaciones, Relación de facturas imputadas
y justificantes de pago, Relación de subvenciones imputadas a la transferencia, Gastos de
personal de cada trabajador imputado a la transferencia, Dietas y desplazamientos de cada
trabajador imputado a la transferencia y Memoria final del programa).
4. Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, llevará una contabilidad y facturación pormenorizada y separada para esta transferencia específica a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio.
En todo caso dispondrá de un sistema de contabilidad analítica de las actuaciones realizadas a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio.
Con respecto a la forma de justificación de los medios humanos asignados a las actividades
del convenio, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, establecerá un sistema de control cabal y trazable, permitiendo monitorizar el número de horas del técnico
efectivamente imputables.
Asimismo, deberá conservar los expedientes y los justificantes de gastos y pagos conforme
se establece en las instrucciones indicadas en el anexo II del presente convenio, que estarán a disposición de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, de los órganos
de fiscalización y control financiero durante un plazo de cinco años desde la finalización de
la vigencia del convenio.