Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062899)
Resolución de 23 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y la Universidad de La Rioja para el desarrollo de prácticas externas y trabajo fin de estudios.
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NÚMERO 190
Viernes, 1 de octubre de 2021
46717
— Durante la vigencia del presente convenio, el alumnado que participe en la prácticas
no podrá ocupar puesto de trabajo alguno en el centro educativo de la Consejería de
Educación y Empleo, ni de carácter eventual, salvo autorización expresa de la comisión
de prácticas de la universidad de la Rioja, o en su caso, del órgano designado por la Universidad de la Rioja, a tal efecto. A este respecto, el alumnado solicitará la autorización
escrita a la universidad de La Rioja.
— Dado el carácter formativo de las prácticas académicas externas, de su realización no se
derivarán, en ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido
podrá dar lugar a la sustitución laboral propia de puestos de trabajo.
Tercera. Reconocimiento.
La Universidad de La Rioja expedirá a la persona docente encargada de las tutorías y al responsable de la coordinación de prácticas en el centro, un certificado de tutorización de prácticas, por la cual se les reconocerá su participación en las prácticas externas, de los títulos
del área de educación de grado y máster. Así mismo, pone a su disposición los servicios y
recursos siguientes:
• Biblioteca universitaria: lectura y acceso a bases de datos en sala y préstamo de fondos
documentales.
• Servicio de Deportes: acceso al polideportivo universitario y a las actividades deportivas
programadas cada curso, en las mismas condiciones que el profesorado y el personal de
administración y servicios.
• Tienda corporativa: adquisición de los diferentes artículos con las mismas ventajas económicas que el profesorado y el personal de administración y servicios.
• Cursos de formación permanente y cursos de verano organizados por la Fundación de la
UR: matrícula en las mismas condiciones que el profesorado y el personal de administración y servicios.
La Consejería de Educación y Empleo reconocerá en créditos de formación la labor realizada
por estos profesionales. Todo ello, según lo previsto en la Orden de 31 de octubre de 2000,
de la Consejería de Educación, Ciencia y Tecnología, por lo que se regula la convocatoria,
reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación permanente del profesorado, y establece la equivalencia de las actividades de investigación y de las titulaciones
universitarias, (DOE núm. 128, de 4 de noviembre de 2000).
Asimismo, las personas docentes responsables de las tutorías del alumnado en prácticas en
centros educativos tendrán preferencia en los procesos selectivos de acciones formativas
Viernes, 1 de octubre de 2021
46717
— Durante la vigencia del presente convenio, el alumnado que participe en la prácticas
no podrá ocupar puesto de trabajo alguno en el centro educativo de la Consejería de
Educación y Empleo, ni de carácter eventual, salvo autorización expresa de la comisión
de prácticas de la universidad de la Rioja, o en su caso, del órgano designado por la Universidad de la Rioja, a tal efecto. A este respecto, el alumnado solicitará la autorización
escrita a la universidad de La Rioja.
— Dado el carácter formativo de las prácticas académicas externas, de su realización no se
derivarán, en ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido
podrá dar lugar a la sustitución laboral propia de puestos de trabajo.
Tercera. Reconocimiento.
La Universidad de La Rioja expedirá a la persona docente encargada de las tutorías y al responsable de la coordinación de prácticas en el centro, un certificado de tutorización de prácticas, por la cual se les reconocerá su participación en las prácticas externas, de los títulos
del área de educación de grado y máster. Así mismo, pone a su disposición los servicios y
recursos siguientes:
• Biblioteca universitaria: lectura y acceso a bases de datos en sala y préstamo de fondos
documentales.
• Servicio de Deportes: acceso al polideportivo universitario y a las actividades deportivas
programadas cada curso, en las mismas condiciones que el profesorado y el personal de
administración y servicios.
• Tienda corporativa: adquisición de los diferentes artículos con las mismas ventajas económicas que el profesorado y el personal de administración y servicios.
• Cursos de formación permanente y cursos de verano organizados por la Fundación de la
UR: matrícula en las mismas condiciones que el profesorado y el personal de administración y servicios.
La Consejería de Educación y Empleo reconocerá en créditos de formación la labor realizada
por estos profesionales. Todo ello, según lo previsto en la Orden de 31 de octubre de 2000,
de la Consejería de Educación, Ciencia y Tecnología, por lo que se regula la convocatoria,
reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación permanente del profesorado, y establece la equivalencia de las actividades de investigación y de las titulaciones
universitarias, (DOE núm. 128, de 4 de noviembre de 2000).
Asimismo, las personas docentes responsables de las tutorías del alumnado en prácticas en
centros educativos tendrán preferencia en los procesos selectivos de acciones formativas