Presidencia De La Junta. Agrupaciones De Entidades Locales. Ayudas. (2021062931)
Resolución de 23 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se conceden subvenciones a entidades locales para el fomento de las agrupaciones de entidades locales para el sostenimiento en común de un puesto de Secretaría e Intervención.
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NÚMERO 190
46695
Viernes, 1 de octubre de 2021
En el supuesto de que alguna entidad local no haya ejecutado la totalidad de las actuaciones
por el importe de la subvención concedida, se procederá a declarar el reintegro de la cantidad
no ejecutada en la proporción que resulte respecto de la cuantía total subvencionada.
Séptimo. Las subvenciones concedidas serán compatibles con cualesquiera otras que pudieran obtenerse para el mismo fin, siempre que la suma de todas ellas no supere el importe del
coste total del puesto de trabajo agrupado objeto de la subvención.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente, recurso de reposición ante la persona titular de la Secretaría General de la Presidencia
de la Junta de Extremadura en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al que
tenga lugar la notificación de esta resolución, tal y como disponen los artículos 123 y 124 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
También se podrá interponer directamente, en el plazo de dos meses contados a partir del
día siguiente al de la notificación de la presente resolución, el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Extremadura, de conformidad con los artículos 46.1, 10.1. a) y 14.1 primera de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.
En caso de haber interpuesto recurso de reposición, no se podrá impugnar en la vía contencioso-administrativa hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación
presunta de aquel. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que
estime conveniente la entidad interesada.
Mérida, 23 de septiembre de 2021.
El Secretario General de Presidencia de
la Junta,
FERNANDO BLANCO FERNÁNDEZ
46695
Viernes, 1 de octubre de 2021
En el supuesto de que alguna entidad local no haya ejecutado la totalidad de las actuaciones
por el importe de la subvención concedida, se procederá a declarar el reintegro de la cantidad
no ejecutada en la proporción que resulte respecto de la cuantía total subvencionada.
Séptimo. Las subvenciones concedidas serán compatibles con cualesquiera otras que pudieran obtenerse para el mismo fin, siempre que la suma de todas ellas no supere el importe del
coste total del puesto de trabajo agrupado objeto de la subvención.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente, recurso de reposición ante la persona titular de la Secretaría General de la Presidencia
de la Junta de Extremadura en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al que
tenga lugar la notificación de esta resolución, tal y como disponen los artículos 123 y 124 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
También se podrá interponer directamente, en el plazo de dos meses contados a partir del
día siguiente al de la notificación de la presente resolución, el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Extremadura, de conformidad con los artículos 46.1, 10.1. a) y 14.1 primera de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.
En caso de haber interpuesto recurso de reposición, no se podrá impugnar en la vía contencioso-administrativa hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación
presunta de aquel. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que
estime conveniente la entidad interesada.
Mérida, 23 de septiembre de 2021.
El Secretario General de Presidencia de
la Junta,
FERNANDO BLANCO FERNÁNDEZ