Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062923)
Resolución de 22 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas subterráneas para riego de 17,52 hectáreas de olivar", cuyo promotor es D. Emilio Ángel Caballero Tena, en el término municipal de Benquerencia de la Serena (Badajoz). Expte.: IA19/1141.
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 190
Viernes, 1 de octubre de 2021
46902
Las necesidades hídricas del cultivo se calculan en un total de 19.077 m3/anuales
(1.088,87 m3/ha), estableciéndose la época de riego entre los meses de abril a septiembre, ambos inclusive, distribuidos riegos diarios según el mes.
La zona de actuación ocupa la totalidad de las parcelas 14 y 15 del polígono 507 del
término municipal de Benquerencia de la Serena, que cuenta con una superficie total
de 17,5253 hectáreas, estando localizada en el paraje denominado “Moranja”. La finca
está situada a algo más de 1 km al sureste del casco urbano de Benquerencia de la
Serena, a la que se accede por camino que parte de la carretera EX_104, a unos 200
metros del casco urbano y en dirección a Cabeza del Buey, en una zona antropizada,
dedicada históricamente al cultivo de olivar y cereal.
2. Tramitación y consultas.
Con fecha 5 de agosto de 2019, el promotor da traslado al Servicio de Protección Ambiental de la antigua Dirección General de Medio Ambiente de su solicitud de inicio de
evaluación de impacto ambiental acompañada de documentación.
Con fechas 28 de agosto y 23 de diciembre de 2019 el promotor da traslado de la documentación completa del expediente.
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 75.1 de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con fecha
27 de enero de 2020, la Dirección General de Sostenibilidad ha realizado consultas a
las Administraciones Públicas afectadas y las personas interesadas que se relacionan
en la tabla adjunta. Se han señalado con una “X” aquellas Administraciones Públicas y
personas interesadas que han emitido respuesta.
Viernes, 1 de octubre de 2021
46902
Las necesidades hídricas del cultivo se calculan en un total de 19.077 m3/anuales
(1.088,87 m3/ha), estableciéndose la época de riego entre los meses de abril a septiembre, ambos inclusive, distribuidos riegos diarios según el mes.
La zona de actuación ocupa la totalidad de las parcelas 14 y 15 del polígono 507 del
término municipal de Benquerencia de la Serena, que cuenta con una superficie total
de 17,5253 hectáreas, estando localizada en el paraje denominado “Moranja”. La finca
está situada a algo más de 1 km al sureste del casco urbano de Benquerencia de la
Serena, a la que se accede por camino que parte de la carretera EX_104, a unos 200
metros del casco urbano y en dirección a Cabeza del Buey, en una zona antropizada,
dedicada históricamente al cultivo de olivar y cereal.
2. Tramitación y consultas.
Con fecha 5 de agosto de 2019, el promotor da traslado al Servicio de Protección Ambiental de la antigua Dirección General de Medio Ambiente de su solicitud de inicio de
evaluación de impacto ambiental acompañada de documentación.
Con fechas 28 de agosto y 23 de diciembre de 2019 el promotor da traslado de la documentación completa del expediente.
Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 75.1 de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con fecha
27 de enero de 2020, la Dirección General de Sostenibilidad ha realizado consultas a
las Administraciones Públicas afectadas y las personas interesadas que se relacionan
en la tabla adjunta. Se han señalado con una “X” aquellas Administraciones Públicas y
personas interesadas que han emitido respuesta.