Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021062910)
Resolución de 4 de agosto de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de Planta de fabricación de carbón vegetal, cuyo promotor es Iván Crespo Barbosa, en el término municipal de Cordobilla de Lácara.
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NÚMERO 189
Jueves, 30 de septiembre de 2021

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También formará parte de la instalación una zona acopio y enfriamiento de carbón vegetal
de 250 m2 de superficie y una zona de almacenamiento de materia prima de 500 m2 de
superficie.
Se ejecutará un camino de 4,00 m de ancho y 7,21 m de largo, realizado sobre el terreno
natural y a base de zahorra machacada y compactada.
La superficie ocupada por la zona de maniobras, de 2.304,00 m2, será realizada sobre el
terreno natural y se dispondrá de una capa de zahorra machacada y compactada.
2. Valoración del impacto.
La actividad está incluida en el Anexo VI, grupo 6, apartado g) de la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura (D.O.E. n.º
81, de 29 de abril de 2015), por lo que este proyecto está sometido al procedimiento de
evaluación impacto ambiental abreviada.
Dentro del procedimiento de impacto ambiental se han recabado los siguientes informes,
con indicación de sus aspectos a destacar:


• Informe auxiliar del agente del medio natural de la zona, en el que se exponen los
efectos que la actividad pueda tener sobre el ser humano, la fauna, la flora, el suelo,
el agua, el clima, los bienes materiales y el patrimonio cultural.



• Informe de Afección a la Red Natura 2000 del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas El Informe de Afección informa y concluye en los siguientes
términos:

—L
 a actividad solicitada se encuentra a menos de 100 metros del lugar de la Red Natura
2000:


• Zona de Especial Conservación (ZEC): Corredor del Lácara.

—S
 egún la zonificación establecida en su Plan de Gestión (Anexo V del Decreto 110/2015,
de 19 de mayo, por el que se regula la Red Ecológica Europea Natura 2000 en Extremadura), la actividad se encuentra en:


• Zona de Alto Interés (ZAI I) “Rivera del Lácara I”: declarado por los elementos clave
hábitats de ribera y galápago europeo.



• Zona de Interés (ZI).