Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021062911)
Resolución de 22 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación porcina promovida por María del Carmen Sánchez Suira, en el término municipal de Puebla del Prior.
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NÚMERO 189
Jueves, 30 de septiembre de 2021
46635
La generación de estiércoles asociada al funcionamiento normal del centro se estima en
4.600 m3/año de estiércol porcino, que suponen unos 14.500 Kg. de nitrógeno/año. Todas
las deyecciones generadas deberán gestionarse adecuadamente, dejando constancia de
esta gestión en el Libro de Registro de Gestión de Estiércoles.
2. E
l complejo porcino deberá disponer de un sistema para la recogida y almacenamiento
de los purines y las aguas de limpieza, generados en las naves de secuestro, que evite el
riesgo de filtración y contaminación de las aguas superficiales y subterráneas, con tamaño
adecuado para la retención de la producción de al menos 3 meses, que permita llevar a
cabo la gestión adecuada de los mismos. A estos efectos, la explotación porcina dispondrá
de una capacidad total de retención mínima de estiércoles licuados, aguas de limpieza y
lixiviados del estercolero de 400 m3, para ello el complejo porcino dispondrá de una fosa
de hormigón.
3. E
l diseño y la construcción de las fosas deberán adaptarse a las prescripciones que para
este tipo de infraestructuras establece la Dirección General de Sostenibilidad. Conforme a
esto, se deberá tener en cuenta los siguientes requisitos:
• La ubicación de las fosas deberá garantizar que no se produzcan vertidos a ningún
curso o punto de agua, localizándose, al menos, a 100 m de cualquier curso de agua;
y habrán de hallarse a la mayor distancia posible de caminos y carreteras. Se orientarán en función de los vientos dominantes, de modo que se eviten molestias por malos
olores a las poblaciones más cercanas.
• Cualquier fosa o instalación que se encuentre a menos de 100 m de cualquier curso
de agua, deberá disponer de autorización por parte de la Confederación Hidrográfica
del Guadiana.
• Cumplirán con las siguientes características constructivas:
- Impermeabilización del sistema de retención para evitar la posibilidad de
infiltraciones.
– Cuneta en todo su perímetro, que evite el acceso de las aguas de escorrentía.
– Talud perimetral que evite desbordamientos y el acceso de aguas de escorrentía.
– Cerramiento perimetral que no permita el acceso de personas y animales.
La frecuencia de vaciado de las fosas, ha de estar en torno a los 4-5 vaciados anuales y
siempre antes de superar los 2/3 de su capacidad. No obstante, cada 3 meses como máximo deberán vaciarse, momento que se aprovechará para la comprobación del estado de
Jueves, 30 de septiembre de 2021
46635
La generación de estiércoles asociada al funcionamiento normal del centro se estima en
4.600 m3/año de estiércol porcino, que suponen unos 14.500 Kg. de nitrógeno/año. Todas
las deyecciones generadas deberán gestionarse adecuadamente, dejando constancia de
esta gestión en el Libro de Registro de Gestión de Estiércoles.
2. E
l complejo porcino deberá disponer de un sistema para la recogida y almacenamiento
de los purines y las aguas de limpieza, generados en las naves de secuestro, que evite el
riesgo de filtración y contaminación de las aguas superficiales y subterráneas, con tamaño
adecuado para la retención de la producción de al menos 3 meses, que permita llevar a
cabo la gestión adecuada de los mismos. A estos efectos, la explotación porcina dispondrá
de una capacidad total de retención mínima de estiércoles licuados, aguas de limpieza y
lixiviados del estercolero de 400 m3, para ello el complejo porcino dispondrá de una fosa
de hormigón.
3. E
l diseño y la construcción de las fosas deberán adaptarse a las prescripciones que para
este tipo de infraestructuras establece la Dirección General de Sostenibilidad. Conforme a
esto, se deberá tener en cuenta los siguientes requisitos:
• La ubicación de las fosas deberá garantizar que no se produzcan vertidos a ningún
curso o punto de agua, localizándose, al menos, a 100 m de cualquier curso de agua;
y habrán de hallarse a la mayor distancia posible de caminos y carreteras. Se orientarán en función de los vientos dominantes, de modo que se eviten molestias por malos
olores a las poblaciones más cercanas.
• Cualquier fosa o instalación que se encuentre a menos de 100 m de cualquier curso
de agua, deberá disponer de autorización por parte de la Confederación Hidrográfica
del Guadiana.
• Cumplirán con las siguientes características constructivas:
- Impermeabilización del sistema de retención para evitar la posibilidad de
infiltraciones.
– Cuneta en todo su perímetro, que evite el acceso de las aguas de escorrentía.
– Talud perimetral que evite desbordamientos y el acceso de aguas de escorrentía.
– Cerramiento perimetral que no permita el acceso de personas y animales.
La frecuencia de vaciado de las fosas, ha de estar en torno a los 4-5 vaciados anuales y
siempre antes de superar los 2/3 de su capacidad. No obstante, cada 3 meses como máximo deberán vaciarse, momento que se aprovechará para la comprobación del estado de