Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021062911)
Resolución de 22 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación porcina promovida por María del Carmen Sánchez Suira, en el término municipal de Puebla del Prior.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 189
Jueves, 30 de septiembre de 2021
46657
miento mediante tuberías, y una fosa de hormigón existente y deberá contar con
capacidad suficiente para almacenar la producción de, al menos, tres meses de
purines. Las fosas de purines serán de hormigón y abiertas, dispondrán de impermeabilización del sistema de retención para evitar la posibilidad de infiltraciones,
cuneta en todo su perímetro que evite el acceso de las aguas de escorrentía, talud perimetral que evite desbordamientos y el acceso de aguas de escorrentía y
cerramiento perimetral que no permita el acceso de personas y animales. La frecuencia de vaciado de las fosas de purines será siempre antes de superar los 2/3
de su capacidad. En el caso de detectarse productos químicos (desinfectantes), el
vertido final almacenado será entregado a un gestor de residuos autorizado por el
organismo competente, y para el caso que no haya presencia de dichos residuos,
el vertido final será empleado como fertilizante orgánico.
E
n el caso de mantener las fosas abiertas, para facilitar la salida de los animales
que pudieran caer accidentalmente en ellas y morir ahogados, se construirán rampas interiores con material rugoso de, al menos, 50 cm de ancho y un máximo de
30.º de inclinación y pegadas a la pared de la fosa. Podrán ser de obra fija (vigas y
rasillas o ladrillos); o bien de madera con sistemas autobasculantes según el nivel
de las fosas (mediante bisagras).
• La explotación dispone de un estercolero, que deberá contar con tratamiento impermeabilizante que garantice su estanqueidad. La capacidad de almacenamiento
del estercolero será de, al menos, la producción de 15 días de estiércoles sólidos.
El estercolero se deberá vaciar antes de superar los 2/3 de su capacidad, momento en el que se comprobará que se encuentra en condiciones óptimas, reparando
cualquier deficiencia. Contará con pendiente para que los lixiviados que se produzcan se dirijan a una fosa de purines. El estercolero se deberá cubrir mediante
la construcción de un cobertizo o una cubierta flexible (plástica), que impida el
acceso de pluviales al cubeto.
• Se habilitará una zona en el interior de los límites de las parcelas afectadas para el
mantenimiento de vehículos. No se realizarán tareas de mantenimiento de la maquinaria o los vehículos en áreas distintas a las destinadas para ello. Estas zonas
se ubicarán fuera del Dominio Público Hidráulico.
• En caso de realización de captaciones de aguas públicas, deberán disponer de la
correspondiente autorización de la Confederación Hidrográfica del Guadiana que
garantice el abastecimiento.
Jueves, 30 de septiembre de 2021
46657
miento mediante tuberías, y una fosa de hormigón existente y deberá contar con
capacidad suficiente para almacenar la producción de, al menos, tres meses de
purines. Las fosas de purines serán de hormigón y abiertas, dispondrán de impermeabilización del sistema de retención para evitar la posibilidad de infiltraciones,
cuneta en todo su perímetro que evite el acceso de las aguas de escorrentía, talud perimetral que evite desbordamientos y el acceso de aguas de escorrentía y
cerramiento perimetral que no permita el acceso de personas y animales. La frecuencia de vaciado de las fosas de purines será siempre antes de superar los 2/3
de su capacidad. En el caso de detectarse productos químicos (desinfectantes), el
vertido final almacenado será entregado a un gestor de residuos autorizado por el
organismo competente, y para el caso que no haya presencia de dichos residuos,
el vertido final será empleado como fertilizante orgánico.
E
n el caso de mantener las fosas abiertas, para facilitar la salida de los animales
que pudieran caer accidentalmente en ellas y morir ahogados, se construirán rampas interiores con material rugoso de, al menos, 50 cm de ancho y un máximo de
30.º de inclinación y pegadas a la pared de la fosa. Podrán ser de obra fija (vigas y
rasillas o ladrillos); o bien de madera con sistemas autobasculantes según el nivel
de las fosas (mediante bisagras).
• La explotación dispone de un estercolero, que deberá contar con tratamiento impermeabilizante que garantice su estanqueidad. La capacidad de almacenamiento
del estercolero será de, al menos, la producción de 15 días de estiércoles sólidos.
El estercolero se deberá vaciar antes de superar los 2/3 de su capacidad, momento en el que se comprobará que se encuentra en condiciones óptimas, reparando
cualquier deficiencia. Contará con pendiente para que los lixiviados que se produzcan se dirijan a una fosa de purines. El estercolero se deberá cubrir mediante
la construcción de un cobertizo o una cubierta flexible (plástica), que impida el
acceso de pluviales al cubeto.
• Se habilitará una zona en el interior de los límites de las parcelas afectadas para el
mantenimiento de vehículos. No se realizarán tareas de mantenimiento de la maquinaria o los vehículos en áreas distintas a las destinadas para ello. Estas zonas
se ubicarán fuera del Dominio Público Hidráulico.
• En caso de realización de captaciones de aguas públicas, deberán disponer de la
correspondiente autorización de la Confederación Hidrográfica del Guadiana que
garantice el abastecimiento.