Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021062911)
Resolución de 22 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación porcina promovida por María del Carmen Sánchez Suira, en el término municipal de Puebla del Prior.
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NÚMERO 189
Jueves, 30 de septiembre de 2021

46652

Las acciones que pueden causar mayor impacto pertenecen a la fase de construcción de las instalaciones necesarias para la ampliación de la explotación porcina,
mediante los movimientos de maquinaria y excavaciones para dichas construcciones.
Respecto a la contaminación del suelo, no es previsible la generación de vertidos
que puedan contaminar el suelo y los que puedan producirse durante la ejecución
y desarrollo del proyecto, serán de escasa entidad y evitables y/o corregibles con
la aplicación de las medidas preventivas y correctoras propuestas.
Aplicando las correspondientes medidas preventivas estas afecciones no deberían ser significativas.


• Fauna.

El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas comunica que
la actividad solicitada no se encuentra incluida dentro del lugar de la Red Natura
2000 y que los valores naturales reconocidos en el Anexo I de la Directiva de Aves
2009/147/CE, en los hábitats y especies de los Anexos I y II de la Directiva Hábitats 92/43/CEE, y en el Anexo I del Catálogo Regional de Especies Amenazadas
de Extremadura (Decreto 37/2001) son:


— Zona de campeo y alimentación de especies esteparias como sisón, aguilucho cenizo, cernícalo primilla, avutarda, milano real, lince ibérico, etc.

No obstante, informa que la actividad solicitada no es susceptible de afectar de
forma apreciable a especies del Anexo I del Catálogo Regional de Especies Amenazadas, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el informe e
incluidas en la presente resolución.


• Vegetación.

Se deberán respetar los pies de arbolado autóctono si existieran en la zona de
actuación y en los patios de manejo, debiendo proteger estos con algún sistema
que no permita a los animales acceder al tronco y raíces para evitar la muerte
de los árboles, al menos donde la carga ganadera vaya a ser considerable y la
permanencia de los animales sea constante. En el caso de que se pretenda cortar
algún pie, se deberá pedir autorización al Servicio de Ordenación y Gestión Forestal.
La parcela donde se proyecta la explotación porcina cuenta con hábitat natural
cercano de Zonas subestepicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea.