Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021062890)
Resolución de 29 de junio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de instalación y puesta en marcha de un centro de recepción y reciclaje de residuos sólidos procedentes de obra civil (escombros) promovido por Valentín Blanco Guerrero en el término municipal de Fuente de Cantos (Badajoz).
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NÚMERO 188
Miércoles, 29 de septiembre de 2021
46464
2.5. No se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción externa sobrepase, al límite de parcela, los niveles máximos permitidos
en la legislación vigente.
2.6. El documento ambiental no contempla la instalación de luminarias. En caso de
llevar a cabo la instalación de sistemas de iluminación y con objeto de reducir
la contaminación lumínica de alumbrado exterior, les serán de aplicación las
disposiciones relativas a contaminación lumínica, recogidas en el Real Decreto
1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones
técnicas complementarias EA-01 a EA-07.
En el diseño de las luminarias se utilizarán sistemas de alumbrado que incorporen criterios de iluminación sostenible con los que se reduzca el consumo energético y se minimice la posible contaminación lumínica nocturna de la vía (iluminación en puntos bajos dirigida hacia el suelo con un diseño tal que proyecten
la luz por debajo del plano horizontal, sistemas automáticos de regulación del
flujo luminoso y/o de encendido y apagado selectivo de lámparas, instalación
de lámparas que proporcionen alta eficiencia energética del alumbrado y que no
emitan luz blanca rica en longitudes de onda corta (azules y UV).
2.7. Para el control de los derrames, todas las zonas destinadas al almacenamiento
de residuos, deberán disponer de algún sistema de recogida o contención de
fugas.
2.8. C
on objeto de preservar la adecuada gestión y seguimiento de los residuos
retirados, el promotor tendrá a disposición los documentos que acrediten la
correcta gestión de los residuos a los diferentes gestores autorizados.
2.9. Durante la fase de funcionamiento se llevará un registro con las siguientes valoraciones:
— Cuantificación, caracterización y destino de los residuos recepcionados.
— Estado de mantenimiento de las instalaciones.
3. O
tras medidas.
3.1. Se informará del contenido de este informe a los operarios que realicen las
actividades, tanto en fase de obra como de funcionamiento. Así mismo, se
dispondrá de una copia de éste en el lugar de las obras, y durante la fase de
funcionamiento de la instalación.
Miércoles, 29 de septiembre de 2021
46464
2.5. No se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción externa sobrepase, al límite de parcela, los niveles máximos permitidos
en la legislación vigente.
2.6. El documento ambiental no contempla la instalación de luminarias. En caso de
llevar a cabo la instalación de sistemas de iluminación y con objeto de reducir
la contaminación lumínica de alumbrado exterior, les serán de aplicación las
disposiciones relativas a contaminación lumínica, recogidas en el Real Decreto
1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones
técnicas complementarias EA-01 a EA-07.
En el diseño de las luminarias se utilizarán sistemas de alumbrado que incorporen criterios de iluminación sostenible con los que se reduzca el consumo energético y se minimice la posible contaminación lumínica nocturna de la vía (iluminación en puntos bajos dirigida hacia el suelo con un diseño tal que proyecten
la luz por debajo del plano horizontal, sistemas automáticos de regulación del
flujo luminoso y/o de encendido y apagado selectivo de lámparas, instalación
de lámparas que proporcionen alta eficiencia energética del alumbrado y que no
emitan luz blanca rica en longitudes de onda corta (azules y UV).
2.7. Para el control de los derrames, todas las zonas destinadas al almacenamiento
de residuos, deberán disponer de algún sistema de recogida o contención de
fugas.
2.8. C
on objeto de preservar la adecuada gestión y seguimiento de los residuos
retirados, el promotor tendrá a disposición los documentos que acrediten la
correcta gestión de los residuos a los diferentes gestores autorizados.
2.9. Durante la fase de funcionamiento se llevará un registro con las siguientes valoraciones:
— Cuantificación, caracterización y destino de los residuos recepcionados.
— Estado de mantenimiento de las instalaciones.
3. O
tras medidas.
3.1. Se informará del contenido de este informe a los operarios que realicen las
actividades, tanto en fase de obra como de funcionamiento. Así mismo, se
dispondrá de una copia de éste en el lugar de las obras, y durante la fase de
funcionamiento de la instalación.