Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Información Pública. (2021081229)
Anuncio de 17 de septiembre de 2021 por el que se somete a información pública la petición de autorización administrativa previa y reconocimiento en concreto de la utilidad pública de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Soterramiento de un tramo de la LAMT "Vera", de la STR Jaraíz de la Vera, de 20 kV, entre los apoyos 5048 y 5049-2 de la misma, por anomalías, con el consecuente desmontaje del tramo a soterrar y mejora del suministro eléctrico en la zona". Término municipal: Cuacos de Yuste (Cáceres). Expte.: AT-9321.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 188
Miércoles, 29 de septiembre de 2021
— Materiales: Aluminio compacto, sección circular, clase 2 UNE 21-022.
— Conductores: HEPRZ1 12/20 KV 3x(1x240) mm².
— Longitud Total: 758 m.
— Total Conductor: 758 m1.
— Apoyos: Nuevo apoyo a instalar A1, metálico, derivación subterránea.
— Crucetas : recta atirantada RC.
— Aisladores : Composite U70YB30P AL.
46499
Emplazamiento: Terreno municipal en camino de los Casares (poligono 3 -parcela
9017), camino de Espiñuelas (poligono 5 - parcela 9005) y calle Chorrito.
Término afectado: Cuacos de Yuste.
Provincia: Cáceres.
6. Evaluación de impacto ambiental: No es de aplicación ningún trámite de evaluación de
impacto ambiental de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.
7. Resolución del procedimiento: De conformidad con lo establecido en el Decreto 221/2012,
de 9 de noviembre, sobre determinación de los medios de publicación de anuncios de
información pública y resoluciones y de los órganos competentes para la resolución de
determinados procedimientos administrativos en los sectores energético y de hidrocarburos, pondrá fin al procedimiento la resolución del Servicio de Ordenación Industrial,
Energética y Minera.
8. Tipo de bienes y derechos afectados: Bienes y derechos de titularidad privada y pública.
La declaración de utilidad pública llevará implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los
efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Asimismo, se publica la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos
afectados por el proyecto, de acuerdo con la información y documentación aportada por
el peticionario, que se recoge en el anexo del presente anuncio.
Todo ello se hace público para conocimiento general, y especialmente de los titulares
cuyos bienes o derechos pudieran verse afectados por el proyecto, pudiendo ser exa-
Miércoles, 29 de septiembre de 2021
— Materiales: Aluminio compacto, sección circular, clase 2 UNE 21-022.
— Conductores: HEPRZ1 12/20 KV 3x(1x240) mm².
— Longitud Total: 758 m.
— Total Conductor: 758 m1.
— Apoyos: Nuevo apoyo a instalar A1, metálico, derivación subterránea.
— Crucetas : recta atirantada RC.
— Aisladores : Composite U70YB30P AL.
46499
Emplazamiento: Terreno municipal en camino de los Casares (poligono 3 -parcela
9017), camino de Espiñuelas (poligono 5 - parcela 9005) y calle Chorrito.
Término afectado: Cuacos de Yuste.
Provincia: Cáceres.
6. Evaluación de impacto ambiental: No es de aplicación ningún trámite de evaluación de
impacto ambiental de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.
7. Resolución del procedimiento: De conformidad con lo establecido en el Decreto 221/2012,
de 9 de noviembre, sobre determinación de los medios de publicación de anuncios de
información pública y resoluciones y de los órganos competentes para la resolución de
determinados procedimientos administrativos en los sectores energético y de hidrocarburos, pondrá fin al procedimiento la resolución del Servicio de Ordenación Industrial,
Energética y Minera.
8. Tipo de bienes y derechos afectados: Bienes y derechos de titularidad privada y pública.
La declaración de utilidad pública llevará implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los
efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Asimismo, se publica la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos
afectados por el proyecto, de acuerdo con la información y documentación aportada por
el peticionario, que se recoge en el anexo del presente anuncio.
Todo ello se hace público para conocimiento general, y especialmente de los titulares
cuyos bienes o derechos pudieran verse afectados por el proyecto, pudiendo ser exa-