Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Artes Plásticas. Ayudas. (2021062895)
Resolución de 23 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se resuelve la concesión de ayudas a artistas visuales para el año 2021.
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NÚMERO 187

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Martes, 28 de septiembre de 2021

b) El falseamiento, la inexactitud o la omisión en los datos suministrados por el beneficiario que hayan servido de base para la concesión u ocultando aquellas que lo hubieran
impedido.
c) Incumplimiento de la finalidad para la que la subvención fue concedida.
d) Incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas de publicidad establecidas en el
apartado decimocuarto, punto 5 de la resolución de convocatoria, en consonancia con
lo previsto en el artículo 13.5 del Decreto 32/2017, de 28 de marzo de 2017, por el que
se establece el régimen de ayudas a artistas visuales.
e) I ncumplimiento de la actividad subvencionable o de las condiciones impuestas al beneficiario en los términos fijados en la resolución de concesión.
f) Cualesquiera otras que vengan establecidas en el artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
No obstante lo previsto en la letra f), se considerará que no existe incumplimiento total, por
lo que serán aplicables criterios de proporcionalidad, en el supuesto de que la ejecución de la
actuación subvencionable haya alcanzado al menos el 60 %.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de
alzada ante la Consejera de Cultura, Turismo y Deportes, en el plazo de un mes, contado a
partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, tal y como
dispone el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda
ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 23 de septiembre de 2021.
El Secretario General,
PEDRO ALVARADO RODRÍGUEZ