Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062870)
Resolución de 21 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo y la Confederación Católica de Madres y Padres de Alumnos/as (CONCAPA-Extremadura) por el que se otorga una subvención directa para mejorar la formación educativa del alumnado en función de la intervención de los padres y madres en el proceso educativo.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 187
Martes, 28 de septiembre de 2021
46220
Los fondos transferencias del Estado que pudieran recibirse para la realización de actividades
similares a las contempladas en el convenio se han imputado al mismo.
Séptima. Dicha cantidad se abonará en dos pagos:
— El primer 50%, una vez firmado el presente convenio y aprobado el plan de actividades
al que se hace referencia en la cláusula décima.
— El segundo 50%, una vez presentada la justificación de la totalidad de la subvención,
antes del 7 de diciembre.
Octava. Los gastos comunes destinados a la gestión y funcionamiento de las federaciones
(nómina personal, material fungible, etc) no superarán el 40% de la cuantía concedida y se
detallarán en un presupuesto desglosado de gasto por costes indirectos, según el modelo que
se acompaña como anexo I.
Novena. Los gastos específicos, a los que se destinará como mínimo un 60% de la cuantía recibida, se destinarán a actuaciones concretas definidas en el plan de actividades que llevará a
cabo durante el año 2021 con las asociaciones de madres y padres. Dichas actividades deberán contribuir a la consecución de los objetivos específicos establecidos en este convenio. Para
su concreción, se detectarán las necesidades formativas que las asociaciones manifiestan.
Con anterioridad a la realización del primer pago, se remitirá el plan de actividades a la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa (Edificio III Milenio, Servicio de Programas
Educativos y Atención a la Diversidad, Modulo V, 1ª planta). En ella se detallará:
• Denominación de cada actividad.
• Procedimiento seguido para su elaboración (detección necesidades formativas, diseño de
las actividades,…).
• Justificación de las actividades incluidas.
• Objetivos y contenidos de cada una de las actividades.
• Lugar y fecha aproximada de realización.
• Presupuesto desglosado de los gastos derivados de cada actividad, según el modelo que
se acompaña como Anexo II.
D
icho plan de actuaciones se someterá a la aprobación de la Comisión de Coordinación
y Seguimiento a la que se hace referencia en la cláusula undécima.
Martes, 28 de septiembre de 2021
46220
Los fondos transferencias del Estado que pudieran recibirse para la realización de actividades
similares a las contempladas en el convenio se han imputado al mismo.
Séptima. Dicha cantidad se abonará en dos pagos:
— El primer 50%, una vez firmado el presente convenio y aprobado el plan de actividades
al que se hace referencia en la cláusula décima.
— El segundo 50%, una vez presentada la justificación de la totalidad de la subvención,
antes del 7 de diciembre.
Octava. Los gastos comunes destinados a la gestión y funcionamiento de las federaciones
(nómina personal, material fungible, etc) no superarán el 40% de la cuantía concedida y se
detallarán en un presupuesto desglosado de gasto por costes indirectos, según el modelo que
se acompaña como anexo I.
Novena. Los gastos específicos, a los que se destinará como mínimo un 60% de la cuantía recibida, se destinarán a actuaciones concretas definidas en el plan de actividades que llevará a
cabo durante el año 2021 con las asociaciones de madres y padres. Dichas actividades deberán contribuir a la consecución de los objetivos específicos establecidos en este convenio. Para
su concreción, se detectarán las necesidades formativas que las asociaciones manifiestan.
Con anterioridad a la realización del primer pago, se remitirá el plan de actividades a la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa (Edificio III Milenio, Servicio de Programas
Educativos y Atención a la Diversidad, Modulo V, 1ª planta). En ella se detallará:
• Denominación de cada actividad.
• Procedimiento seguido para su elaboración (detección necesidades formativas, diseño de
las actividades,…).
• Justificación de las actividades incluidas.
• Objetivos y contenidos de cada una de las actividades.
• Lugar y fecha aproximada de realización.
• Presupuesto desglosado de los gastos derivados de cada actividad, según el modelo que
se acompaña como Anexo II.
D
icho plan de actuaciones se someterá a la aprobación de la Comisión de Coordinación
y Seguimiento a la que se hace referencia en la cláusula undécima.