Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062870)
Resolución de 21 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo y la Confederación Católica de Madres y Padres de Alumnos/as (CONCAPA-Extremadura) por el que se otorga una subvención directa para mejorar la formación educativa del alumnado en función de la intervención de los padres y madres en el proceso educativo.
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NÚMERO 187
Martes, 28 de septiembre de 2021
46219
1. M
antener un servicio de información y asesoramiento a padres, madres y tutores legales
del alumnado de centros educativos sostenidos con fondos públicos de Extremadura.
2. D
etectar las necesidades formativas demandadas por sus asociados y establecer un
plan de actividades en los términos recogidos en la cláusula novena. Dichas actividades
contribuirán a fomentar aquellas actuaciones directamente relacionadas con los fines
propios de las AMPAS (Decreto 111/2010) y la Federación, la mejora de la calidad educativa, conocimiento del sistema educativo, las redes sociales y las TIC, acoso escolar,
drogas y alcohol en los jóvenes, prevenir la violencia de género, educar en valores democráticos, derechos y deberes del alumnado, funcionamiento y gestión de las AMPAS
y mejora de la convivencia escolar.
3. R
ealizar actividades para fomentar la participación y la implicación de madres y padres
del alumnado en el centro educativo de sus hijos/as.
4. E
laborar y mantener una página web como referencia informativa y de comunicación de
madres y padres de alumnos/as, incorporando a las AMPAS al uso de las Tecnologías de
la Información y la Comunicación.
5. P
romover la creación de Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos.
6. E
valuar la participación de los padres y madres en el proceso educativo.
Tercera. CONCAPA-Extremadura se responsabiliza en exclusiva de la organización, control
y desarrollo de las actividades que programe, aportando para ello los medios materiales y
recursos humanos necesarios, haciéndose cargo de toda la gestión, incluida la económica y
administrativa.
Cuarta. En ningún caso la Consejería de Educación y Empleo se responsabiliza, ni directa ni
indirectamente, de las obligaciones contraídas con terceros por CONCAPA-Extremadura con
ocasión del desarrollo de las actividades amparadas por este convenio, ni el personal que
pueda ser contratado con cargo al mismo guardará relación jurídica o laboral alguna con la
Consejería de Educación y Empleo.
Quinta. En todas las actividades desarrolladas por CONCAPA-Extremadura y acogidas al presente convenio habrá de hacerse constar, de manera explícita y destacada, la colaboración
económica para su desarrollo de la Consejería de Educación y Empleo.
Sexta. La Consejería de Educación y Empleo aportará, para la consecución del objeto de este
convenio, la cantidad de 10.196,66.-€ (diez mil ciento noventa y seis euros con sesenta y seis
céntimos), con cargo al centro gestor: 13005000, posición presupuestaria: G/222G/48900.
Fondos CAG000001 y TE22006001, Programa financiero 20210120 y 20080200.
Martes, 28 de septiembre de 2021
46219
1. M
antener un servicio de información y asesoramiento a padres, madres y tutores legales
del alumnado de centros educativos sostenidos con fondos públicos de Extremadura.
2. D
etectar las necesidades formativas demandadas por sus asociados y establecer un
plan de actividades en los términos recogidos en la cláusula novena. Dichas actividades
contribuirán a fomentar aquellas actuaciones directamente relacionadas con los fines
propios de las AMPAS (Decreto 111/2010) y la Federación, la mejora de la calidad educativa, conocimiento del sistema educativo, las redes sociales y las TIC, acoso escolar,
drogas y alcohol en los jóvenes, prevenir la violencia de género, educar en valores democráticos, derechos y deberes del alumnado, funcionamiento y gestión de las AMPAS
y mejora de la convivencia escolar.
3. R
ealizar actividades para fomentar la participación y la implicación de madres y padres
del alumnado en el centro educativo de sus hijos/as.
4. E
laborar y mantener una página web como referencia informativa y de comunicación de
madres y padres de alumnos/as, incorporando a las AMPAS al uso de las Tecnologías de
la Información y la Comunicación.
5. P
romover la creación de Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos.
6. E
valuar la participación de los padres y madres en el proceso educativo.
Tercera. CONCAPA-Extremadura se responsabiliza en exclusiva de la organización, control
y desarrollo de las actividades que programe, aportando para ello los medios materiales y
recursos humanos necesarios, haciéndose cargo de toda la gestión, incluida la económica y
administrativa.
Cuarta. En ningún caso la Consejería de Educación y Empleo se responsabiliza, ni directa ni
indirectamente, de las obligaciones contraídas con terceros por CONCAPA-Extremadura con
ocasión del desarrollo de las actividades amparadas por este convenio, ni el personal que
pueda ser contratado con cargo al mismo guardará relación jurídica o laboral alguna con la
Consejería de Educación y Empleo.
Quinta. En todas las actividades desarrolladas por CONCAPA-Extremadura y acogidas al presente convenio habrá de hacerse constar, de manera explícita y destacada, la colaboración
económica para su desarrollo de la Consejería de Educación y Empleo.
Sexta. La Consejería de Educación y Empleo aportará, para la consecución del objeto de este
convenio, la cantidad de 10.196,66.-€ (diez mil ciento noventa y seis euros con sesenta y seis
céntimos), con cargo al centro gestor: 13005000, posición presupuestaria: G/222G/48900.
Fondos CAG000001 y TE22006001, Programa financiero 20210120 y 20080200.