Consejería De Igualdad Y Portavocía. Violencia De Género. Subvenciones. (2021062867)
Resolución de 18 de agosto de 2021, de la Secretaría General, de una subvención directa, sin convocatoria previa, a la asociación Mujeres en Zona de Conflicto, para la realización del proyecto "Casa Lilith, recurso habitacional de emergencia para mujeres VTSH y en situación de explotación laboral y sexual en la Comunidad Autónoma de Extremadura" en el marco del Pacto de Estado contra la violencia de género.
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NÚMERO 186
Lunes, 27 de septiembre de 2021
46091
CONSEJERÍA DE IGUALDAD Y PORTAVOCÍA
RESOLUCIÓN de 18 de agosto de 2021, de la Secretaría General, de una
subvención directa, sin convocatoria previa, a la asociación Mujeres en Zona
de Conflicto, para la realización del proyecto "Casa Lilith, recurso habitacional
de emergencia para mujeres VTSH y en situación de explotación laboral y
sexual en la Comunidad Autónoma de Extremadura" en el marco del Pacto de
Estado contra la violencia de género. (2021062867)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 14 de mayo de 2021, Doña María Milagros Ramos Jurado, con DNI
***8477**, en calidad de representante legal de la Asociación Mujeres en Zona de Conflicto,
con CIF G14422075 y domicilio en Córdoba en la Plaza Cardenal Toledo, 15, 2ª planta, 14001,
presenta a la Consejería de Igualdad y Portavocía solicitud de concesión de una subvención
directa para el desarrollo de las acciones contempladas en el proyecto “Casa Lilith, Recurso
Habitacional de Emergencia para mujeres VTSH y en situación de explotación laboral y sexual
en la Comunidad Autónoma de Extremadura” en el marco del Pacto de Estado contra la violencia de género.
Segundo. Con fecha 25 de mayo de 2021, se le realizó requerimiento para que, en el plazo
de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la recepción de la notificación, subsanase
lo requerido.
Tercero. Con fecha 22 de junio de 2021, se presenta mejora de la solicitud por parte de la
asociación.
Cuarto. Con fecha 30 de junio de 2021, se presenta corrección de la mejora de la solicitud
por parte de la asociación.
Quinto. En el expediente administrativo obra la siguiente documentación:
— Proyecto a desarrollar por la entidad solicitante.
— Desglose del presupuesto del proyecto.
— Certificado de no haber solicitado ni recibido otra ayuda o subvención para el mismo fin.
— Certificado de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones dispuestas en el artículo
12.2 de la Ley 6/2011, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
para obtener la condición de beneficiaria de ayudas públicas.
Lunes, 27 de septiembre de 2021
46091
CONSEJERÍA DE IGUALDAD Y PORTAVOCÍA
RESOLUCIÓN de 18 de agosto de 2021, de la Secretaría General, de una
subvención directa, sin convocatoria previa, a la asociación Mujeres en Zona
de Conflicto, para la realización del proyecto "Casa Lilith, recurso habitacional
de emergencia para mujeres VTSH y en situación de explotación laboral y
sexual en la Comunidad Autónoma de Extremadura" en el marco del Pacto de
Estado contra la violencia de género. (2021062867)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 14 de mayo de 2021, Doña María Milagros Ramos Jurado, con DNI
***8477**, en calidad de representante legal de la Asociación Mujeres en Zona de Conflicto,
con CIF G14422075 y domicilio en Córdoba en la Plaza Cardenal Toledo, 15, 2ª planta, 14001,
presenta a la Consejería de Igualdad y Portavocía solicitud de concesión de una subvención
directa para el desarrollo de las acciones contempladas en el proyecto “Casa Lilith, Recurso
Habitacional de Emergencia para mujeres VTSH y en situación de explotación laboral y sexual
en la Comunidad Autónoma de Extremadura” en el marco del Pacto de Estado contra la violencia de género.
Segundo. Con fecha 25 de mayo de 2021, se le realizó requerimiento para que, en el plazo
de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la recepción de la notificación, subsanase
lo requerido.
Tercero. Con fecha 22 de junio de 2021, se presenta mejora de la solicitud por parte de la
asociación.
Cuarto. Con fecha 30 de junio de 2021, se presenta corrección de la mejora de la solicitud
por parte de la asociación.
Quinto. En el expediente administrativo obra la siguiente documentación:
— Proyecto a desarrollar por la entidad solicitante.
— Desglose del presupuesto del proyecto.
— Certificado de no haber solicitado ni recibido otra ayuda o subvención para el mismo fin.
— Certificado de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones dispuestas en el artículo
12.2 de la Ley 6/2011, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
para obtener la condición de beneficiaria de ayudas públicas.