Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062833)
Resolución de 15 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas subterráneas con destino a riego de 19,278 hectáreas de olivar", cuyo promotor es D. Pedro González Fernández, en el término municipal de Puebla del Prior (Badajoz). Expte.: IA18/1262.
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 185
Viernes, 24 de septiembre de 2021
45928
23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación
en el ámbito de la política de aguas) y en concreto, sobre los objetivos ambientales
establecidos en ésta y en la correspondiente planificación hidrológica del organismo
de cuenca, debiendo asegurarse su debido cumplimiento. En todo caso, se estará a
lo dispuesto en la correspondiente resolución sobre la tramitación de la solicitud de
concesión de aguas subterráneas.
5. En todo momento deberá estar regulada la explotación del acuífero para que en
ningún caso pueda agotarse o no quede caudal ecológico durante la explotación o
una vez finalizada la extracción.
6. Deberán instalarse temporizadores de riego para garantizar la optimización y uso
racional del agua, adaptándose a las necesidades del cultivo. Se llevará a cabo un
uso eficiente y racional del recurso hídrico solicitado, en función de las necesidades
reales del cultivo y las condiciones meteorológicas en cada campaña de riego.
7. En fase de explotación, si se generaran restos vegetales (podas, desbroces, etc.)
se recomienda su eliminación in situ mediante su triturado, facilitando su incorporación al suelo. En todo caso, no se recomienda la quema de restos y si ésta fuera
imprescindible, se deberán tomar las medidas necesarias para evitar la aparición y
propagación de posibles incendios, adoptando las medidas establecidas en el Plan
INFOEX, y en particular en las órdenes anuales por las que se declara la época de
riesgo medio o alto de incendios.
8. Se recomienda que el equipo de bombeo para la extracción y aprovechamiento de
aguas provenga de energías limpias, pero si, como es el caso, proviene de grupo
electrógeno de combustión, se adoptarán medidas encaminadas a reducir los ruidos procedentes del equipo de bombeo. El ruido exterior de los motores deberá ser
acorde con lo establecido en el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones, por lo que los grupos electrógenos deberán estar
dentro de casetas/naves insonorizadas al efecto.
9. Se aconseja utilizar técnicas y prácticas culturales sostenibles, respetuosas con el
medio ambiente, sobre todo en lo concerniente al control de malas hierbas, plagas
y enfermedades, así como evitar la erosión y pérdida de suelo, evitando la siega
química con herbicida, procurando el mantenimiento de la cubierta vegetal entre
calles para ser controlada mediante métodos mecánicos, para reducir el riesgo de
erosión y pérdida de suelo, ventaja que permite que las especies herbáceas anuales que crecen entre los olivos antes de que el suelo sea labrado, supongan un
recurso para algunas especies fitófagas; y por otra parte la conservación de estos
Viernes, 24 de septiembre de 2021
45928
23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación
en el ámbito de la política de aguas) y en concreto, sobre los objetivos ambientales
establecidos en ésta y en la correspondiente planificación hidrológica del organismo
de cuenca, debiendo asegurarse su debido cumplimiento. En todo caso, se estará a
lo dispuesto en la correspondiente resolución sobre la tramitación de la solicitud de
concesión de aguas subterráneas.
5. En todo momento deberá estar regulada la explotación del acuífero para que en
ningún caso pueda agotarse o no quede caudal ecológico durante la explotación o
una vez finalizada la extracción.
6. Deberán instalarse temporizadores de riego para garantizar la optimización y uso
racional del agua, adaptándose a las necesidades del cultivo. Se llevará a cabo un
uso eficiente y racional del recurso hídrico solicitado, en función de las necesidades
reales del cultivo y las condiciones meteorológicas en cada campaña de riego.
7. En fase de explotación, si se generaran restos vegetales (podas, desbroces, etc.)
se recomienda su eliminación in situ mediante su triturado, facilitando su incorporación al suelo. En todo caso, no se recomienda la quema de restos y si ésta fuera
imprescindible, se deberán tomar las medidas necesarias para evitar la aparición y
propagación de posibles incendios, adoptando las medidas establecidas en el Plan
INFOEX, y en particular en las órdenes anuales por las que se declara la época de
riesgo medio o alto de incendios.
8. Se recomienda que el equipo de bombeo para la extracción y aprovechamiento de
aguas provenga de energías limpias, pero si, como es el caso, proviene de grupo
electrógeno de combustión, se adoptarán medidas encaminadas a reducir los ruidos procedentes del equipo de bombeo. El ruido exterior de los motores deberá ser
acorde con lo establecido en el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones, por lo que los grupos electrógenos deberán estar
dentro de casetas/naves insonorizadas al efecto.
9. Se aconseja utilizar técnicas y prácticas culturales sostenibles, respetuosas con el
medio ambiente, sobre todo en lo concerniente al control de malas hierbas, plagas
y enfermedades, así como evitar la erosión y pérdida de suelo, evitando la siega
química con herbicida, procurando el mantenimiento de la cubierta vegetal entre
calles para ser controlada mediante métodos mecánicos, para reducir el riesgo de
erosión y pérdida de suelo, ventaja que permite que las especies herbáceas anuales que crecen entre los olivos antes de que el suelo sea labrado, supongan un
recurso para algunas especies fitófagas; y por otra parte la conservación de estos