Servicio Extremeño De Salud. Salud Bucodental. (2021062815)
Resolución de 15 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Asistencia Sanitaria, por la que se convoca el procedimiento de autorización para el desarrollo de la prestación de la asistencia dental establecida en el Decreto 195/2004, de 29 de diciembre, sobre asistencia dental a la población infantil y a personas con determinadas situaciones clínicas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 185
Viernes, 24 de septiembre de 2021
45959
ANEXO III
TARIFAS
Tratamientos asistenciales básicos. Artículo 7. Decreto 195/2004
Capitación anual
Tarifa €
42,00
– Sellado de fisuras de primeros y segundos molares permanentes.
–F
luoración tópica, de acuerdo con el programa establecido al efecto y de las necesidades individuales de cada niño.
– Obturación de molares permanentes (en caso de lesiones irreversibles).
–E
xtracción de piezas temporales y permanentes (cuando no esté indicado realizar tratamiento pulpar).
– Tartrectomías en dentición permanente.
– Extracción de supernumerarios erupcionados.
–R
eevaluación y seguimiento, a criterio del dentista, de caries, enfermedad periodontal,
maloclusión, así como de pacientes médicamente comprometidos o de especial riesgo.
Tratamientos asistenciales especiales. Artículo 8. Decreto 195/2004
• Apicoformación
Tarifa €
45,00
• Endodoncia (1,2,3 conductos)
68/84/100
• Ferulización del grupo anterior
66,00
• Gran reconstrucción
65,00
• Perno prefabricado intrarradicular
30,00
• Reconstrucción
50,00
• Recubrimiento pulpar directo
25,00
• Reimplante dentario
80,00
• Sutura de tejidos blandos
35,00
•••
Viernes, 24 de septiembre de 2021
45959
ANEXO III
TARIFAS
Tratamientos asistenciales básicos. Artículo 7. Decreto 195/2004
Capitación anual
Tarifa €
42,00
– Sellado de fisuras de primeros y segundos molares permanentes.
–F
luoración tópica, de acuerdo con el programa establecido al efecto y de las necesidades individuales de cada niño.
– Obturación de molares permanentes (en caso de lesiones irreversibles).
–E
xtracción de piezas temporales y permanentes (cuando no esté indicado realizar tratamiento pulpar).
– Tartrectomías en dentición permanente.
– Extracción de supernumerarios erupcionados.
–R
eevaluación y seguimiento, a criterio del dentista, de caries, enfermedad periodontal,
maloclusión, así como de pacientes médicamente comprometidos o de especial riesgo.
Tratamientos asistenciales especiales. Artículo 8. Decreto 195/2004
• Apicoformación
Tarifa €
45,00
• Endodoncia (1,2,3 conductos)
68/84/100
• Ferulización del grupo anterior
66,00
• Gran reconstrucción
65,00
• Perno prefabricado intrarradicular
30,00
• Reconstrucción
50,00
• Recubrimiento pulpar directo
25,00
• Reimplante dentario
80,00
• Sutura de tejidos blandos
35,00
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