Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Normas Subsidiarias. (2021AC0069)
Acuerdo de 26 de septiembre de 2019, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, sobre modificación n.º 9 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Garrovillas de Alconétar, consistente en la redelimitación de la UE 5, mediante la exclusión de su ámbito de parcela municipal, que pasa a completarse como suelo urbano de uso dotacional (Residencia de ancianos) y la modificación del artículo 87 "Tipología de la Edificación" para su adaptación a sus condiciones específicas.
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NÚMERO 185
Viernes, 24 de septiembre de 2021
45899
ANEXO II
RESUMEN EJECUTIVO DE LAS CARACTERÍSTICAS ESENCIALES DE LA
NUEVA ORDENACIÓN
La modificación propuesta pretende:
1. Por un lado, la redelimitación de la Unidad de Actuación 5 de las Normas Subsidiarias
de Planeamiento de Garrovillas de Alconétar, de forma que la Dotación Pública quede
fuera de la delimitación de la Unidad de Actuación n.º 5, dado que cuenta con frente a
viario urbanizado dotado de los servicios urbanísticos correspondientes (abastecimiento
eléctrico, abastecimiento de agua, red de alumbrado público y red de saneamiento).
2. C
omo consecuencia de la anterior, modificar la ordenación detallada de la Unidad de
Actuación n.º 5, adecuando la proporción y calidad de las dotaciones públicas, y las medidas compensatorias para mejorar las posibilidades de acceso real a la vivienda a los
nuevos límites de la unidad, de modo que esta siga siendo viable tanto urbanística como
económicamente. También se modifica el trazado viario en atención a las alegaciones
presentadas.
3. I ntroducir como tipología edificatoria la Edificación Tipología Específica, no definida actualmente en las NN.SS.MM. vigentes.
Así se justifican los objetivos de la presente modificación:
1. Redelimitación de la Unidad de Actuación n.º 5.
La presente modificación normativa se produce por la necesidad de mejorar la Residencia de ancianos existente en el ámbito de la Unidad de Actuación n.º 5.
Los datos demográficos refuerzan la necesidad de mejorar la Residencia de Ancianos
existente, convirtiendo a esta dotación pública en una de las más importantes del municipio, tanto por demanda como por la ocupación actual.
Así, el Ayuntamiento ante la necesidad de mejorar la dotación existente, y tras consultar
con la OGUTVA su viabilidad, se les informa de que dicha edificación se encuentra en
una Unidad de Actuación por desarrollar y que los parámetros urbanísticos establecidos
en función de la tipología edificatoria no quedan claros en las NN.SS.MM.
Según nos transmite el Municipio, el desarrollo urbanístico de la Unidad de Actuación
por Gestión Directa, aunque las razones de interés público justificarían la actuación urbanizadora, no sería viable, ni por capacidad económica del municipio, ni por los plazos
de desarrollo de la Unidad. Por lo que, se propone la presente modificación.
Viernes, 24 de septiembre de 2021
45899
ANEXO II
RESUMEN EJECUTIVO DE LAS CARACTERÍSTICAS ESENCIALES DE LA
NUEVA ORDENACIÓN
La modificación propuesta pretende:
1. Por un lado, la redelimitación de la Unidad de Actuación 5 de las Normas Subsidiarias
de Planeamiento de Garrovillas de Alconétar, de forma que la Dotación Pública quede
fuera de la delimitación de la Unidad de Actuación n.º 5, dado que cuenta con frente a
viario urbanizado dotado de los servicios urbanísticos correspondientes (abastecimiento
eléctrico, abastecimiento de agua, red de alumbrado público y red de saneamiento).
2. C
omo consecuencia de la anterior, modificar la ordenación detallada de la Unidad de
Actuación n.º 5, adecuando la proporción y calidad de las dotaciones públicas, y las medidas compensatorias para mejorar las posibilidades de acceso real a la vivienda a los
nuevos límites de la unidad, de modo que esta siga siendo viable tanto urbanística como
económicamente. También se modifica el trazado viario en atención a las alegaciones
presentadas.
3. I ntroducir como tipología edificatoria la Edificación Tipología Específica, no definida actualmente en las NN.SS.MM. vigentes.
Así se justifican los objetivos de la presente modificación:
1. Redelimitación de la Unidad de Actuación n.º 5.
La presente modificación normativa se produce por la necesidad de mejorar la Residencia de ancianos existente en el ámbito de la Unidad de Actuación n.º 5.
Los datos demográficos refuerzan la necesidad de mejorar la Residencia de Ancianos
existente, convirtiendo a esta dotación pública en una de las más importantes del municipio, tanto por demanda como por la ocupación actual.
Así, el Ayuntamiento ante la necesidad de mejorar la dotación existente, y tras consultar
con la OGUTVA su viabilidad, se les informa de que dicha edificación se encuentra en
una Unidad de Actuación por desarrollar y que los parámetros urbanísticos establecidos
en función de la tipología edificatoria no quedan claros en las NN.SS.MM.
Según nos transmite el Municipio, el desarrollo urbanístico de la Unidad de Actuación
por Gestión Directa, aunque las razones de interés público justificarían la actuación urbanizadora, no sería viable, ni por capacidad económica del municipio, ni por los plazos
de desarrollo de la Unidad. Por lo que, se propone la presente modificación.