Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021062823)
Resolución de 16 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada a la planta de fabricación de abonos y fertilizantes sólidos promovida por Abona Global, SL, en Miajadas.
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NÚMERO 184
Jueves, 23 de septiembre de 2021

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RESOLUCIÓN de 16 de septiembre de 2021, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada a la
planta de fabricación de abonos y fertilizantes sólidos promovida por Abona
Global, SL, en Miajadas. (2021062823)
ANTECEDENTES DE HECHO
1. C
 on fecha 6 de marzo de 2020 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de Extremadura,
la solicitud de la Autorización Ambiental Unificada (AAU) para la planta de fabricación de
abonos y fertilizantes sólidos en Miajadas (Cáceres) promovida por Abona Global, SL.
2. L
 as instalaciones se ubican en la Avenida de los Gremios, 18, Polígono Industrial 1º de
mayo, del término municipal de Miajadas (Cáceres). Las coordenadas son las siguientes
(ETRS1989-UTM, son 29N): X: 766235.33 Y: 4336961.83.
3. E
 sta actividad está incluida en la categoría 6.1.b. del anexo II, relativa a instalaciones, no
incluidas en el anexo I, dedicadas al tratamiento de productos intermedios y producción
de productos químicos, a escala industrial y mediante transformación química o física, en
particular fertilizantes, y en la categoría 5.3.b del anexo V, relativa a Instalaciones químicas
para la fabricación de fertilizantes a base de fósforo, de nitrógeno o de potasio (fertilizantes
simples o compuestos).
4. C
 on fecha 6 de junio de 2020, el órgano ambiental publica Anuncio en su sede electrónica,
poniendo a disposición del público, durante un plazo de 10 días, la información relativa al
procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, sin que haya habido alegación alguna.
5. M
 ediante escrito de 17 de noviembre de 2020, la Dirección General de Sostenibilidad remitió al Ayuntamiento de Miajadas copia de la solicitud de AAU con objeto de que este
Ayuntamiento conforme al artículo 16.6 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura emitiera un informe técnico sobre
la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia.
El Ayuntamiento de Miajadas remitió informe de fecha de 18 de marzo de 2021, que dicen:
“Indicar que atendiendo a la generación de vertidos, a la salida de las instalaciones se
construirá una arqueta de toma de muestras fácilmente accesible para el control de vertido. A su vez, se debe disponer de la correspondiente autorización de vertido municipal,
atendiendo lo establecido por la Ordenanza del Ayuntamiento de Miajadas sobre vertidos
de aguas residuales (BOP n.º 153 de 11 de agosto de 2008)”.