Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021062847)
Resolución de 13 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se modifica la autorización ambiental unificada AAU15/060, de 25 de noviembre de 2015, de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, de planta de almacenamiento de residuos peligrosos y no peligrosos (aparatos eléctricos y electrónicos, pilas, acumuladores y baterías) titularidad de Transportes Azkar, SA, en el término municipal de Mérida, en cumplimiento de lo indicado en el Real Decreto 27/2021, de 19 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero, sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos, y el Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
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NÚMERO 184
45729
Jueves, 23 de septiembre de 2021
4. N
o se autorizan operaciones de gestión de los residuos distintas a las indicadas en los
apartados anteriores. En particular, no se podrán desmontar, ni someter a separación de
sustancias peligrosas o componentes, ni fragmentar. Por lo tanto, los RAEE recogidos deberán entregarse completos al siguiente gestor de residuos.
5. L
os residuos recogidos deberán entregarse a un gestor de residuos autorizado o inscrito de
conformidad con la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
6. La instalación cuenta con la siguiente capacidad de almacenamiento:
RESIDUO
SUBCATEGORÍA DE
RESIDUO (FR EN RAEE)
SUPERFICIE DE
ALMACENAMIENTO, m2
CANTIDAD,
toneladas
1
25
5
2
10
2
3
15
4,5
4
25
6
5
5
5
6
5
5
Pilas
4
3
Baterías
4
4
-
93
34,5
RAEE
Residuos de pilas y
acumuladores
Total residuos
7. D
eberá aplicarse un procedimiento de admisión de residuos antes de su recogida. Este
procedimiento deberá permitir, al titular de la instalación, asegurarse de que los residuos
recogidos coinciden con los indicados en a.1, a.2 y a.3 y llevar un registro de los residuos
recogidos y almacenados, con el contenido indicado en el capítulo - g -. El procedimiento
de admisión de residuos incluirá, al menos:
a) Identificar origen, productor y titular del residuo.
b) Registrar el peso de los residuos mediante pesada en báscula al efecto, diferenciando
entre el tipo de residuo.
c) Inspección visual de los residuos recogidos.
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Jueves, 23 de septiembre de 2021
4. N
o se autorizan operaciones de gestión de los residuos distintas a las indicadas en los
apartados anteriores. En particular, no se podrán desmontar, ni someter a separación de
sustancias peligrosas o componentes, ni fragmentar. Por lo tanto, los RAEE recogidos deberán entregarse completos al siguiente gestor de residuos.
5. L
os residuos recogidos deberán entregarse a un gestor de residuos autorizado o inscrito de
conformidad con la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
6. La instalación cuenta con la siguiente capacidad de almacenamiento:
RESIDUO
SUBCATEGORÍA DE
RESIDUO (FR EN RAEE)
SUPERFICIE DE
ALMACENAMIENTO, m2
CANTIDAD,
toneladas
1
25
5
2
10
2
3
15
4,5
4
25
6
5
5
5
6
5
5
Pilas
4
3
Baterías
4
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RAEE
Residuos de pilas y
acumuladores
Total residuos
7. D
eberá aplicarse un procedimiento de admisión de residuos antes de su recogida. Este
procedimiento deberá permitir, al titular de la instalación, asegurarse de que los residuos
recogidos coinciden con los indicados en a.1, a.2 y a.3 y llevar un registro de los residuos
recogidos y almacenados, con el contenido indicado en el capítulo - g -. El procedimiento
de admisión de residuos incluirá, al menos:
a) Identificar origen, productor y titular del residuo.
b) Registrar el peso de los residuos mediante pesada en báscula al efecto, diferenciando
entre el tipo de residuo.
c) Inspección visual de los residuos recogidos.