Consejería De Igualdad Y Portavocía. Igualdad De Género. Subvenciones. (2021062838)
Resolución de 14 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de concesión de subvenciones destinadas a asociaciones de mujeres, agrupaciones y federaciones de asociaciones de mujeres para desarrollar programas relacionados con la consecución del principio de igualdad de oportunidades, entre mujeres y hombres correspondiente al año 2021.
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NÚMERO 183
Miércoles, 22 de septiembre de 2021
45593
4. N
o podrán ser beneficiarias las entidades que incurran en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
5. S
ólo se podrá ser beneficiario de estas ayudas, bien como asociación, bien como integrante
de agrupaciones, o federaciones de asociaciones de mujeres.
Tercero. Régimen de convocatoria.
El procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva y convocatoria periódica, de conformidad con lo dispuesto en el título II de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Financiación.
El coste total previsto para la financiación de esta convocatoria será imputado con cargo a la
aplicación presupuestaria 17 101 253A 489 00, Proyecto de Gasto 20160063 “Ayudas para
la independencia de las mujeres víctimas de la violencia de género” , por un importe de doscientos mil euros (200.000 €) y en el Proyecto de Gasto 20180336 por un importe de cien
mil euros (100.000 €), denominados “Ayuda a las Asociaciones de Mujeres para el apoyo al
movimiento asociativo”, por un importe total de trescientos mil euros (300.000 €) previstas
en la Ley 1/2021, de 3 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
de Extremadura para 2021. Esta cantidad podrá ampliarse en función de las disponibilidades
presupuestarias, de conformidad con el artículo 23.2 h) de la Ley 6/2011, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudes.
1. L
a solicitud se ajustará al modelo normalizado recogido en el Anexo I , que irán acompañadas de la documentación prevista en el artículo siguiente. El modelo de solicitud estará
a disposición de las solicitantes en el portal web de Instituto de la Mujer de Extremadura
https://ciudadano.gobex.es/web/mujer-e-igualdad
El modelo de solicitud incluye las siguientes declaraciones responsables:
a) La veracidad de los datos consignados en la solicitud.
b) No incursión en prohibiciones para resultar beneficiaria de la subvención, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la
Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Miércoles, 22 de septiembre de 2021
45593
4. N
o podrán ser beneficiarias las entidades que incurran en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
5. S
ólo se podrá ser beneficiario de estas ayudas, bien como asociación, bien como integrante
de agrupaciones, o federaciones de asociaciones de mujeres.
Tercero. Régimen de convocatoria.
El procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva y convocatoria periódica, de conformidad con lo dispuesto en el título II de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Financiación.
El coste total previsto para la financiación de esta convocatoria será imputado con cargo a la
aplicación presupuestaria 17 101 253A 489 00, Proyecto de Gasto 20160063 “Ayudas para
la independencia de las mujeres víctimas de la violencia de género” , por un importe de doscientos mil euros (200.000 €) y en el Proyecto de Gasto 20180336 por un importe de cien
mil euros (100.000 €), denominados “Ayuda a las Asociaciones de Mujeres para el apoyo al
movimiento asociativo”, por un importe total de trescientos mil euros (300.000 €) previstas
en la Ley 1/2021, de 3 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
de Extremadura para 2021. Esta cantidad podrá ampliarse en función de las disponibilidades
presupuestarias, de conformidad con el artículo 23.2 h) de la Ley 6/2011, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudes.
1. L
a solicitud se ajustará al modelo normalizado recogido en el Anexo I , que irán acompañadas de la documentación prevista en el artículo siguiente. El modelo de solicitud estará
a disposición de las solicitantes en el portal web de Instituto de la Mujer de Extremadura
https://ciudadano.gobex.es/web/mujer-e-igualdad
El modelo de solicitud incluye las siguientes declaraciones responsables:
a) La veracidad de los datos consignados en la solicitud.
b) No incursión en prohibiciones para resultar beneficiaria de la subvención, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la
Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.