Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062820)
Resolución de 14 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Talavera la Real. Expte.: IA20/0948.
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NÚMERO 183
Miércoles, 22 de septiembre de 2021

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su sometimiento al procedimiento de evaluación ambiental ordinaria regulado en la subsección 1ª, de la sección 1ª del capítulo VII del título I de dicha ley.
3.1. Características de la modificación puntual.


L
 a modificación puntual propuesta está motivada principalmente por la necesidad de
redelimitar un Sector de Suelo Urbanizable de Uso Industrial en dos unidades con un
tamaño más acorde en cuanto a la situación actual. Así, los dos sectores se configurarán como dos Áreas de Reparto independientes. Se dispondrán las previsiones en
cuanto a infraestructuras y relaciones entre sí y con el resto del polígono industrial.
Como resultado de la modificación tendríamos dos sectores, el primero (P8-A), y el
segundo (P8-B).



C
 on esta innovación, además se obtendrá, la ordenación detallada del sector inmediatamente más próximo al suelo urbano, facilitando el desarrollo de éste, y en todo
caso, proveyendo las infraestructuras y conexiones necesarias para la ejecución del
sector más alejado del área consolidada.



L
 a ubicación concreta de estos terrenos es coincidente con el denominado Polígono 8
de las Normas Subsidiarias de Talavera la Real. El terreno se encuentra situado al este
del municipio, delimitados en los planos de Ordenación n.º 8 y 10 de las Normas Subsidiarias como Polígono P-8, lindantes al Sureste con el Polígono 5 (de uso industrial
y urbanizado). Al Oeste con el Polígono 7 de uso industrial, al norte con una acequia
de la comunidad de Regantes y al este, con una pista de servicio de la Confederación
Hidrográfica del Guadiana. El Sector está compuesto por dos fincas catastrales:




5147701PD9054N0001JY y 5147704PD9054N0001ZY.

D
 icha modificación no altera el modelo general propuesto en cuanto a las dotaciones
y viales estructurantes (Red Básica de Dotaciones). Disminuye la edificabilidad y
mantiene las dotaciones a ejecutar, por lo que supone una mejora en cuanto al desarrollo urbano. En la actualidad existen numerosos polígonos industriales como Suelo
Urbanizable para desarrollar, por lo que la presente modificación no merma la posible
construcción de naves tipo nido en otros desarrollos del municipio, incluso se mantiene el Sector P-8B con la misma Ordenación Estructural que posibilita el desarrollo de
naves tipo nido en un futuro si fuese necesario.



E
 n todo caso, según el artículo VII.42 sobre Zonificación de las Normas Subsidiarias
de Talavera la Real, la modificación fija los siguientes criterios:



— Rematar la zona industrial situada en suelo urbano.