Consejería De Educación Y Empleo. Admisión De Alumnos. Formación Profesional. (2021062785)
Resolución de 13 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, por la que se convoca el procedimiento de admisión para la realización de módulos profesionales incluidos en títulos de Formación Profesional en la modalidad de oferta parcial en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2021/2022.
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NÚMERO 183
Miércoles, 22 de septiembre de 2021
45556
Cuarto. Requisitos de acceso.
1. E
l alumnado que desee cursar módulos incluidos en los títulos y asociados o no a unidades
de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, deberá reunir los
siguientes requisitos de acceso:
a) Requisitos de edad: Los estudiantes que participen en el proceso deberán tener, al
menos, 18 años o cumplir esa edad en el año en el que comienza el curso escolar.
Excepcionalmente y sólo para ciclos formativos de grado medio, podrán cursar estas
enseñanzas las personas mayores de 16 años que lo soliciten y reúnan alguno de
estos requisitos:
1. T
ener un contrato laboral que no les permita acudir al centro en régimen
ordinario.
2. S
ean deportistas de alto rendimiento, de acuerdo con lo previsto en el artículo
123.1 de la Ley de Educación de Extremadura.
3. T
ener un título de Formación Profesional Básica o en disposición de obtenerlo
en el mismo curso académico en que se matrícula, de conformidad con lo establecido en el apartado segundo 2 de esta resolución.
b) Requisitos académicos:
Los estudiantes deberán reunir los requisitos de acceso para ciclos de grado medio y
de grado superior, conforme lo establecido en la Orden de 27 de mayo de 2019, por
la que se regula el proceso de admisión y matriculación para cursar Formación Profesional del sistema educativo en régimen presencial completo en centros sostenidos
con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. L
os alumnos y las alumnas que deseen cursar sólo los módulos asociados a unidades de
competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, no precisan acreditar
requisitos académicos de acceso, si disponen de experiencia laboral previa acreditable
equivalente al menos a un año de trabajo a jornada completa, relacionada con el sector al
que pertenece la familia profesional del ciclo formativo para el que solicita la matrícula, que
permita cursar con aprovechamiento la formación.
Quinto. Régimen académico del alumnado.
1. E
l alumnado matriculado en esta oferta formativa tendrá los mismos derechos y obligaciones establecidos por la normativa vigente para el alumnado que cursa enseñanzas en la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Miércoles, 22 de septiembre de 2021
45556
Cuarto. Requisitos de acceso.
1. E
l alumnado que desee cursar módulos incluidos en los títulos y asociados o no a unidades
de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, deberá reunir los
siguientes requisitos de acceso:
a) Requisitos de edad: Los estudiantes que participen en el proceso deberán tener, al
menos, 18 años o cumplir esa edad en el año en el que comienza el curso escolar.
Excepcionalmente y sólo para ciclos formativos de grado medio, podrán cursar estas
enseñanzas las personas mayores de 16 años que lo soliciten y reúnan alguno de
estos requisitos:
1. T
ener un contrato laboral que no les permita acudir al centro en régimen
ordinario.
2. S
ean deportistas de alto rendimiento, de acuerdo con lo previsto en el artículo
123.1 de la Ley de Educación de Extremadura.
3. T
ener un título de Formación Profesional Básica o en disposición de obtenerlo
en el mismo curso académico en que se matrícula, de conformidad con lo establecido en el apartado segundo 2 de esta resolución.
b) Requisitos académicos:
Los estudiantes deberán reunir los requisitos de acceso para ciclos de grado medio y
de grado superior, conforme lo establecido en la Orden de 27 de mayo de 2019, por
la que se regula el proceso de admisión y matriculación para cursar Formación Profesional del sistema educativo en régimen presencial completo en centros sostenidos
con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. L
os alumnos y las alumnas que deseen cursar sólo los módulos asociados a unidades de
competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, no precisan acreditar
requisitos académicos de acceso, si disponen de experiencia laboral previa acreditable
equivalente al menos a un año de trabajo a jornada completa, relacionada con el sector al
que pertenece la familia profesional del ciclo formativo para el que solicita la matrícula, que
permita cursar con aprovechamiento la formación.
Quinto. Régimen académico del alumnado.
1. E
l alumnado matriculado en esta oferta formativa tendrá los mismos derechos y obligaciones establecidos por la normativa vigente para el alumnado que cursa enseñanzas en la
Comunidad Autónoma de Extremadura.