Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062805)
Resolución de 15 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la entidad pública empresarial RED.ES, M.P. y la Junta de Extremadura para la mejora de la extensión y capacidad de la Red de Ciencia y Tecnología de Extremadura (RCT) en su conexión a RedIRIS.
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NÚMERO 182
Martes, 21 de septiembre de 2021

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4) La Junta de Extremadura acepta ser incluido en la lista de operaciones prevista en el
artículo 115.2 del Reglamento 1303/2013, de 17 de diciembre, de las actuaciones realizadas con financiación comunitaria.
5) L
 a Junta de Extremadura como beneficiario final de las actuaciones realizadas en ejecución de la obligación de inversión asumida en el presente Convenio y financiada con
ayudas europeas garantiza, en relación con el cumplimiento de la normativa europea
que regula las ayudas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 del Reglamento (UE) n° 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de
2013, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo
de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y se deroga el
Reglamento (CE) n.º 1083/2006, que el proyecto no sufrirá una modificación sustancial antes de transcurridos cinco años de su término que afecte a su naturaleza o a sus
condiciones de ejecución o que otorgue a una empresa o a un organismo público ventajas indebidas, y que se derive de un cambio en la naturaleza de la propiedad de una
infraestructura o del cese de una actividad productiva.
6) L
 a Junta de Extremadura deberá comunicar a Red.es cualquier alteración importante
que se produzca en los equipos y licencias objeto del Proyecto, en su uso y destino.
7) C
 on carácter general las partes se obligan a cumplir cuantas disposiciones comunitarias
y nacionales le resulten aplicables como destinatarias de las actuaciones cofinanciables
con MRR, así como a permitir y facilitar que se puedan realizar las auditorías y comprobaciones necesarias para verificar el cumplimiento de la normativa aplicable.
8) La Junta de Extremadura se obliga a conservar la documentación administrativa relacionada con las actuaciones objeto del presente Convenio que, dada su naturaleza, le
corresponda custodiar, en los términos y plazos previstos en el artículo 140 del Reglamento (CE) N.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre
de 2013.
9) L
 a Junta de Extremadura debe aplicar medidas antifraude eficaces y proporcionadas, en
su ámbito de gestión. Así como comunicar a Red.es, y/o al Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (SNCA) aquellos hechos que pudieran ser constitutivos de fraude o
irregularidad.
Octava. Entrada en vigor y duración.
De conformidad con el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, el presente convenio se perfecciona con el consentimiento de las Partes