Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062780)
Resolución de 13 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza la transferencia específica a favor de la Agencia Extremeña de la Energía (AGENEX) para financiar actuaciones relacionadas con la realización de planes de acción para el clima y la energía sostenible en Extremadura.
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NÚMERO 181
Lunes, 20 de septiembre de 2021



45303

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno
de los firmantes.



En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un
requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o
compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al
responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del
convenio y a las demás partes firmantes.



Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la
parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de
resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta
causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados de acuerdo con los
criterios que se determinen por la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula
séptima.



d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.



e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras
leyes.

En caso de extinción del convenio por las causas indicadas anteriormente, se deberá garantizar por ambas partes la finalización de las actuaciones en curso, sin que suponga agravio para
los participantes en las mismas.
Novena. Régimen Jurídico y resolución de controversias.
El presente convenio tiene carácter administrativo y se considera incluido en el artículo 6.2 de
la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, quedando el mismo fuera
de su ámbito de aplicación, y formalizándose al amparo de lo dispuesto en el artículo 45 de
la Ley 1/2021, de 3 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para el año 2021 (DOE núm. 24, de 5 de febrero).
Las controversias sobre la interpretación y ejecución del presente convenio serán resueltas
de mutuo acuerdo entre las partes en el seno de la Comisión de Seguimiento establecida en
la cláusula séptima de este convenio.
Décima. Propiedad del resultado de los trabajos.
Todos los documentos y resultados de los trabajos serán propiedad de la Consejería para la
Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura, que podrá reproducirlos o
divulgarlos total o parcialmente. AGENEX podrá hacer uso de los mismos, ya sea como re-