Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062786)
Resolución de 13 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Albergue turístico", cuyo promotor es Albergue Ventaquemada, SL, en el término municipal de Ahigal. Expte.: IA20/0361.
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NÚMERO 181
Lunes, 20 de septiembre de 2021

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ambiental de la zona aprovechando el substrato edáfico retirado antes del comienzo de las obras. Se descompactará el suelo que se haya visto afectado, se
extenderá la tierra vegetal acopiada y se revegetarán los taludes y zonas afectadas. Estos trabajos deberán concluirse en un plazo no superior a un mes desde
la finalización de las obras.


— En ningún caso se dejarán restos y basuras (plásticos, embalajes, restos de
tubería, etc.) en el entorno. Al finalizar los trabajos se deberá proceder a la retirada de cualquier tipo de residuo no biodegradable generado por la maquinaria
u operarios, los cuales serán almacenados en condiciones adecuadas de higiene
y seguridad mientras se encuentren en su poder, debiendo ser entregados a un
gestor autorizado para su tratamiento adecuado, disponiendo de acreditación
documental de dicha entrega. En todo caso se cumplirá lo establecido en la Ley
22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados.



— Los residuos de construcción y demolición (RCD) que se generen durante la fase
de construcción, se deberán separar adecuadamente y entregar a una planta de
reciclaje autorizada para su tratamiento, cumpliendo en todo caso lo establecido
en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción
y gestión de los residuos de construcción y demolición, y en el Decreto 20/2011,
de 25 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de la producción,
posesión y gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.



—S
 i durante la ejecución de los trabajos de construcción se hallasen restos u objetos con valor arqueológico, el promotor y/o la dirección facultativa de la misma
paralizarán inmediatamente los trabajos, tomarán las medidas adecuadas para
la protección de los restos y comunicarán su descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho horas a la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.



c) Medidas en la fase operativa.



— Residuos. Los residuos generados en el desarrollo de la actividad deberán ser
gestionados conforme a lo establecido en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. La gestión de residuos deberá ser realizada por
empresas que estén registradas conforme a lo establecido en la Ley 22/2011.



Los residuos peligrosos generados en las instalaciones deberán envasarse, etiquetarse y almacenarse conforme a lo establecido en la normativa vigente y
normas técnicas de aplicación. El tiempo máximo para el almacenamiento de
residuos peligrosos no superará los seis meses.