Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021062783)
Resolución de 9 de septiembre de 2021, de la Consejera, relativa a la modificación puntual n.º M-OE-1/2016 del Plan General Municipal de Badajoz, que tiene como finalidad la reclasificación de suelo no urbanizable a suelo urbano de uso "dotacional-sistema general" de terrenos situados en la finca "Santa Engracia", colindantes con el "Polideportivo Las Palmeras", ampliando la manzana 04.1 del ARE-7.5.
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NÚMERO 180
Viernes, 17 de septiembre de 2021

45053

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO

RESOLUCIÓN de 9 de septiembre de 2021, de la Consejera, relativa a la
modificación puntual n.º M-OE-1/2016 del Plan General Municipal de Badajoz,
que tiene como finalidad la reclasificación de suelo no urbanizable a suelo
urbano de uso "dotacional-sistema general" de terrenos ituados en la finca
"Santa Engracia", colindantes con el "Polideportivo Las Palmeras", ampliando
la manzana 04.1 del ARE-7.5. (2021062783)
Visto el expediente epigrafiado, en el que consta informe favorable de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura de su sesión de 27 de junio de 2019.
De conformidad con lo previsto en el artículo 76.2.2.a de la LSOTEX, y el artículo 5.2.h del
Decreto 50/2016, de 26 de abril, de atribuciones de los órganos urbanísticos y de ordenación
del territorio, y de organización y funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación
del Territorio (DOE n.º 87, de 9 de mayo), corresponde el conocimiento del asunto más arriba
señalado, al objeto de su resolución, a la Consejera de Agricultura y Desarrollo Rural, Población y Territorio.
Las competencias en materia de ordenación del territorio y urbanismo se encuentran actualmente asignadas a la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio,
mediante Decreto del Presidente 16/2019, de 1 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 126, de 2 de julio).
Por Decreto 87/2019, de 2 de agosto, se estableció la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, formando parte de ella la Consejería
de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio. Y atribuyéndose a la actual Dirección
General de Urbanismo y Ordenación del Territorio el ejercicio de estas competencias, y entre
otras funciones, la de asegurar el funcionamiento de la Comisión de Urbanismo y Ordenación
del Territorio de Extremadura.
Así mismo, la disposición adicional primera del citado Decreto 87/2019 indica que “las referencias del ordenamiento a los órganos suprimidos, se entenderán realizadas a los que en
esta misma norma se crean, los sustituyen o asumen sus competencias”.
Cualquier innovación de las determinaciones de los planes de ordenación urbanística deberá
ser establecida por la misma clase de plan y observando el mismo procedimiento seguido para
la aprobación de dichas determinaciones (artículo 80 de la LSOTEX).