Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021062781)
Resolución de 27 de agosto de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación porcina promovida por Carlos Enrique Rodríguez Díez, en el término municipal de Feria.
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NÚMERO 180
Viernes, 17 de septiembre de 2021
45083
b. L
a documentación que indique y acredite qué tipo de gestión y qué gestores autorizados
se harán cargo de los estiércoles producidos en la explotación.
c. Copia de la licencia de obra, edificación e instalación en caso de que hubiera sido
preceptiva.
4. Si durante la ejecución de las obras se hallasen restos u objetos con valor arqueológico, el
promotor y/o la dirección facultativa de la misma paralizarán inmediatamente los trabajos,
tomarán las medidas adecuadas para la protección de los restos y comunicarán su descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho horas a la Consejería de Educación y Cultura de
la Junta de Extremadura.
- h - Vigilancia y seguimiento.
Estiércoles:
1. La explotación porcina deberá disponer de Libro de Gestión del Estiércol en el que se
anotarán, con un sistema de entradas (producción) y salidas (abono orgánico, gestor
autorizado de estiércol), los distintos movimientos del estiércol generado por la explotación porcina. En cada movimiento figurarán: cantidad, contenido en nitrógeno, fecha
del movimiento, origen y destino, especificándose las parcelas y el cultivo en que este
estiércol se ha utilizado.
2. El Plan de Aplicación Agrícola de Estiércoles será de carácter anual, por lo que, cuando
la Dirección General de Sostenibilidad lo estime conveniente, y de cualquier modo antes
del 1 de marzo de cada año, deberá enviarse esta documentación.
Residuos:
3. D
e conformidad con el artículo 40 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, el titular de la
instalación industrial dispondrá de un archivo físico o telemático donde se recoja por
orden cronológico la cantidad, naturaleza, origen y destino de los residuos producidos;
cuando proceda se inscribirá también, el medio de transporte y la frecuencia de recogida. En el Archivo cronológico se incorporará la información contenida en la acreditación
documental de las operaciones de producción y gestión de residuos. Se guardará la
información archivada durante, al menos, tres años.
4. A
ntes de dar traslado de los residuos a una instalación para su valorización o eliminación
deberá solicitar la admisión de los residuos y contar con el documento de aceptación de
los mismos por parte del gestor destinatario de los residuos.
5. Asimismo, el titular de la instalación deberá registrar y conservar los documentos de
aceptación de los residuos en las instalaciones de tratamiento, valorización o elimina-
Viernes, 17 de septiembre de 2021
45083
b. L
a documentación que indique y acredite qué tipo de gestión y qué gestores autorizados
se harán cargo de los estiércoles producidos en la explotación.
c. Copia de la licencia de obra, edificación e instalación en caso de que hubiera sido
preceptiva.
4. Si durante la ejecución de las obras se hallasen restos u objetos con valor arqueológico, el
promotor y/o la dirección facultativa de la misma paralizarán inmediatamente los trabajos,
tomarán las medidas adecuadas para la protección de los restos y comunicarán su descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho horas a la Consejería de Educación y Cultura de
la Junta de Extremadura.
- h - Vigilancia y seguimiento.
Estiércoles:
1. La explotación porcina deberá disponer de Libro de Gestión del Estiércol en el que se
anotarán, con un sistema de entradas (producción) y salidas (abono orgánico, gestor
autorizado de estiércol), los distintos movimientos del estiércol generado por la explotación porcina. En cada movimiento figurarán: cantidad, contenido en nitrógeno, fecha
del movimiento, origen y destino, especificándose las parcelas y el cultivo en que este
estiércol se ha utilizado.
2. El Plan de Aplicación Agrícola de Estiércoles será de carácter anual, por lo que, cuando
la Dirección General de Sostenibilidad lo estime conveniente, y de cualquier modo antes
del 1 de marzo de cada año, deberá enviarse esta documentación.
Residuos:
3. D
e conformidad con el artículo 40 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, el titular de la
instalación industrial dispondrá de un archivo físico o telemático donde se recoja por
orden cronológico la cantidad, naturaleza, origen y destino de los residuos producidos;
cuando proceda se inscribirá también, el medio de transporte y la frecuencia de recogida. En el Archivo cronológico se incorporará la información contenida en la acreditación
documental de las operaciones de producción y gestión de residuos. Se guardará la
información archivada durante, al menos, tres años.
4. A
ntes de dar traslado de los residuos a una instalación para su valorización o eliminación
deberá solicitar la admisión de los residuos y contar con el documento de aceptación de
los mismos por parte del gestor destinatario de los residuos.
5. Asimismo, el titular de la instalación deberá registrar y conservar los documentos de
aceptación de los residuos en las instalaciones de tratamiento, valorización o elimina-