Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021062781)
Resolución de 27 de agosto de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación porcina promovida por Carlos Enrique Rodríguez Díez, en el término municipal de Feria.
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NÚMERO 180
Viernes, 17 de septiembre de 2021
45090
Con fecha 27 de noviembre de 2019 se recibe informe emitido favorable emitido por la
Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural en el que se informa “que
dicho proyecto no presenta incidencias sobre la Patrimonio Arqueológico conocido”.
Con fecha 7 de octubre de 2019 la Confederación Hidrográfica del Guadiana emite informe
en el que comunica que si bien parte de la parcela de actuación ocupa la zona de policía del
arroyo del Pilar y de un arroyo tributario del mismo, las instalaciones asociadas a la explotación porcina proyectadas se ubican a más de 100 metros de dichos cauces, por lo que,
en lo que a las instalaciones se refiere, no se prevé afección alguna a cauces que constituyan el DPH del estado. En cuanto al consumo de agua, comunica que el promotor una
vez realizada la obra y antes de su puesta en explotación, deberá remitir a la Comisaría de
Aguas del organismo de cuenca la pertinente solicitud de inscripción del aprovechamiento
en el Registro de Aguas. Seguidamente hace referencia a los vertidos al dominio público
hidráulico y propone unas medidas de carácter general las cuales han sido incluidas en este
informe de impacto ambiental.
Durante el procedimiento de evaluación también se solicitó informe del agente del medio
natural.
3. A
nálisis según los criterios del anexo X de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la subsección 1ª de la sección 2ª del capítulo VII, del título I,
según los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Características de proyecto. La ejecución del proyecto conlleva el uso de las naves de secuestro proyectadas en la explotación porcina, así como del resto de instalaciones auxiliares (balsa, estercolero, vestuario).
Los recursos naturales que se utilizarán durante la fase de funcionamiento se deberán a la
ocupación del suelo por parte de las instalaciones, además de los cereales suministrados
para la alimentación de los animales (pienso) y el agua para bebida de los animales, así
como la utilizada en la limpieza de las instalaciones.
Los residuos generados durante el funcionamiento de la explotación porcina, según el
documento ambiental aportado, serán principalmente cadáveres de animales y residuos
zoosanitarios.
Viernes, 17 de septiembre de 2021
45090
Con fecha 27 de noviembre de 2019 se recibe informe emitido favorable emitido por la
Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural en el que se informa “que
dicho proyecto no presenta incidencias sobre la Patrimonio Arqueológico conocido”.
Con fecha 7 de octubre de 2019 la Confederación Hidrográfica del Guadiana emite informe
en el que comunica que si bien parte de la parcela de actuación ocupa la zona de policía del
arroyo del Pilar y de un arroyo tributario del mismo, las instalaciones asociadas a la explotación porcina proyectadas se ubican a más de 100 metros de dichos cauces, por lo que,
en lo que a las instalaciones se refiere, no se prevé afección alguna a cauces que constituyan el DPH del estado. En cuanto al consumo de agua, comunica que el promotor una
vez realizada la obra y antes de su puesta en explotación, deberá remitir a la Comisaría de
Aguas del organismo de cuenca la pertinente solicitud de inscripción del aprovechamiento
en el Registro de Aguas. Seguidamente hace referencia a los vertidos al dominio público
hidráulico y propone unas medidas de carácter general las cuales han sido incluidas en este
informe de impacto ambiental.
Durante el procedimiento de evaluación también se solicitó informe del agente del medio
natural.
3. A
nálisis según los criterios del anexo X de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la subsección 1ª de la sección 2ª del capítulo VII, del título I,
según los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Características de proyecto. La ejecución del proyecto conlleva el uso de las naves de secuestro proyectadas en la explotación porcina, así como del resto de instalaciones auxiliares (balsa, estercolero, vestuario).
Los recursos naturales que se utilizarán durante la fase de funcionamiento se deberán a la
ocupación del suelo por parte de las instalaciones, además de los cereales suministrados
para la alimentación de los animales (pienso) y el agua para bebida de los animales, así
como la utilizada en la limpieza de las instalaciones.
Los residuos generados durante el funcionamiento de la explotación porcina, según el
documento ambiental aportado, serán principalmente cadáveres de animales y residuos
zoosanitarios.