Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062762)
Resolución de 9 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Malpartida de Plasencia en materia de uso público en áreas protegidas. Nº expediente: 211803SYM003.
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NÚMERO 179
Jueves, 16 de septiembre de 2021

44921

El IVA podrá ser subvencionable en el caso de que no sea recuperable, como así se establece
en el artículo 69.3c del Reglamento (EU) 1303/2013, de 17 de diciembre. Así, para la consideración del IVA como gasto subvencionable, el beneficiario deberá remitir certificado emitido
por el Interventor del Ayuntamiento que justifique que el IVA no es susceptible de recuperación o compensación por parte del mismo.
No se subvencionarán los siguientes gastos:
• Gastos financieros, de asesoría jurídica o financiera, gastos notariales o registrales,
gastos periciales y gastos de administración específicos, así como los de garantía bancaria. Los gastos de protocolo (celebraciones de inauguración o clausura, obsequios o
premios).
• Otros impuestos susceptibles de recuperación o compensación.
Octava. Régimen de justificación y pagos.
La financiación se efectuará con arreglo a las siguientes normas:
Anualidad 2021 (50.000,00 Euros)
• Un primer pago correspondiente al 50% de la anualidad 2021 (25.000,00 euros), una vez
que el Director Técnico nombrado por la Consejería certifique que los trabajos correspondientes al 50% de esta anualidad han finalizado, se han ejecutado conforme al convenio
y se han justificado los gastos y pagos relativos a este porcentaje.
•
Un segundo y último pago correspondiente al 50% restante de la anualidad 2021
(25.000,00 euros) una vez que el Director Técnico nombrado por la Consejería certifique
que los trabajos correspondientes al 50% restante de esta anualidad han finalizado, se
han ejecutado conforme al convenio y se han justificado los gastos y pagos relativos a
este porcentaje.
El período de justificación de los gastos y pagos referentes a las actividades incluidas en este
convenio será desde la firma del convenio hasta el hasta el 1 de diciembre de 2021.
El pago, por parte del Ayuntamiento de Malpartida de Plasencia, de los gastos realizados para
la consecución del objeto de este convenio podrá realizarse desde la fecha de la firma hasta
el 1 de diciembre de 2021.
Para que el director técnico nombrado por la Consejería pueda emitir el certificado preceptivo
para la tramitación de cada uno de los pagos, el Ayuntamiento deberá entregar previamente
las justificaciones intermedias y del saldo final mediante la presentación de una certificación