Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062775)
Resolución de 27 de agosto de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de planta de tratamiento de residuos metálicos no peligrosos, cuyo promotor es Movilex Recycling España, SLU, en el término municipal de Lobón. Expte.: IA20/0495.
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NÚMERO 179
44977
Jueves, 16 de septiembre de 2021
• La instalación dará lugar a la generación aguas residuales procedentes de la escorrentía de toda la superficie exterior de la instalación. Estas aguas deberán dirigirse a un sistema de depuración que adecue las características del agua residual
antes de su vertido a la red de saneamiento municipal del Ayuntamiento de Lobón.
• El vertido finalmente evacuado a la red de saneamiento municipal deberá cumplir
las condiciones establecidas por el Ayuntamiento de Lobón en su autorización de
vertido.
• Los residuos que se pretenden gestionar en la industria, son los siguientes: 02 01
10, 15 01 04, 16 01 06, 16 01 17, 16 01 18, 17 04 01, 17 04 02, 17 04 03, 17 04
04, 17 04 05, 17 04 06, 17 04 07, 17 04 11, 19 10 01, 19 10 02, 19 12 02, 19 12
03, 19 12 12..
• En lo que a generación y a gestión de residuos se refiere, se atenderá a lo establecido en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
• Los residuos peligrosos generados y gestionados en las instalaciones deberán envasarse, etiquetarse y almacenarse conforme a lo establecido en los artículos 13,
14 y 15 del Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos. En particular, los residuos generados en el normal desarrollo de la actividad
deberán almacenarse en áreas cubiertas y de solera impermeable, que conducirá
posibles derrames a arqueta de recogida estanca; su diseño y construcción deberá
cumplir cuanta prescripción técnica y condición de seguridad establezca la normativa vigente en la materia.
• La instalación industrial consta de los focos de emisión de contaminantes a la atmósfera que se detallan en la siguiente tabla:
Foco de emisión
N.º
Denominación
Clasificación R.D.100/2011,
de 28 de enero
S NS C
D
Combustible
o producto
asociado
Proceso
asociado
Trituración y
clasificación
de chatarra
metálica.
Combustión
Grupo
Código
1
Planta móvil de trituración
y clasificación de residuos
metálicos no peligrosos
B
09 10
09 06
x
x
Chatarra
metálica
2
Motor diésel del equipo
de trituración 522 kw de
potencia térmica
-
03 01
05 04
x
x
Gasoil
44977
Jueves, 16 de septiembre de 2021
• La instalación dará lugar a la generación aguas residuales procedentes de la escorrentía de toda la superficie exterior de la instalación. Estas aguas deberán dirigirse a un sistema de depuración que adecue las características del agua residual
antes de su vertido a la red de saneamiento municipal del Ayuntamiento de Lobón.
• El vertido finalmente evacuado a la red de saneamiento municipal deberá cumplir
las condiciones establecidas por el Ayuntamiento de Lobón en su autorización de
vertido.
• Los residuos que se pretenden gestionar en la industria, son los siguientes: 02 01
10, 15 01 04, 16 01 06, 16 01 17, 16 01 18, 17 04 01, 17 04 02, 17 04 03, 17 04
04, 17 04 05, 17 04 06, 17 04 07, 17 04 11, 19 10 01, 19 10 02, 19 12 02, 19 12
03, 19 12 12..
• En lo que a generación y a gestión de residuos se refiere, se atenderá a lo establecido en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
• Los residuos peligrosos generados y gestionados en las instalaciones deberán envasarse, etiquetarse y almacenarse conforme a lo establecido en los artículos 13,
14 y 15 del Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos. En particular, los residuos generados en el normal desarrollo de la actividad
deberán almacenarse en áreas cubiertas y de solera impermeable, que conducirá
posibles derrames a arqueta de recogida estanca; su diseño y construcción deberá
cumplir cuanta prescripción técnica y condición de seguridad establezca la normativa vigente en la materia.
• La instalación industrial consta de los focos de emisión de contaminantes a la atmósfera que se detallan en la siguiente tabla:
Foco de emisión
N.º
Denominación
Clasificación R.D.100/2011,
de 28 de enero
S NS C
D
Combustible
o producto
asociado
Proceso
asociado
Trituración y
clasificación
de chatarra
metálica.
Combustión
Grupo
Código
1
Planta móvil de trituración
y clasificación de residuos
metálicos no peligrosos
B
09 10
09 06
x
x
Chatarra
metálica
2
Motor diésel del equipo
de trituración 522 kw de
potencia térmica
-
03 01
05 04
x
x
Gasoil