Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062775)
Resolución de 27 de agosto de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de planta de tratamiento de residuos metálicos no peligrosos, cuyo promotor es Movilex Recycling España, SLU, en el término municipal de Lobón. Expte.: IA20/0495.
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NÚMERO 179
44980
Jueves, 16 de septiembre de 2021
Teniendo en cuenta todo ello, así como la no afección del proyecto a espacios de la Red Natura 2000, el Servicio de Prevención Ambiental propone que, de acuerdo con la evaluación
de impacto ambiental simplificada practicada conforme a lo previsto en la subsección 2ª de
la sección 2ª del capítulo VII del título I, tras el análisis realizado con los criterios del anexo
X de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, la Dirección General de Sostenibilidad resuelva, mediante la formulación de un
informe de impacto ambiental, que no es previsible que el proyecto de planta de compostaje, vaya a producir impactos adversos significativos sobre el medio ambiente, y por tanto,
la innecesaridad de su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental
ordinaria.
El presente informe técnico se emite a los solos efectos ambientales y en virtud de la legislación específica vigente, sin perjuicio de aquellas otras autorizaciones sectoriales o licencias
que sean necesarias para la ejecución del proyecto.
Mérida, 27 de agosto de 2021.
El Director General de Sostenibilidad,
JESÚS MORENO PÉREZ
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Jueves, 16 de septiembre de 2021
Teniendo en cuenta todo ello, así como la no afección del proyecto a espacios de la Red Natura 2000, el Servicio de Prevención Ambiental propone que, de acuerdo con la evaluación
de impacto ambiental simplificada practicada conforme a lo previsto en la subsección 2ª de
la sección 2ª del capítulo VII del título I, tras el análisis realizado con los criterios del anexo
X de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, la Dirección General de Sostenibilidad resuelva, mediante la formulación de un
informe de impacto ambiental, que no es previsible que el proyecto de planta de compostaje, vaya a producir impactos adversos significativos sobre el medio ambiente, y por tanto,
la innecesaridad de su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental
ordinaria.
El presente informe técnico se emite a los solos efectos ambientales y en virtud de la legislación específica vigente, sin perjuicio de aquellas otras autorizaciones sectoriales o licencias
que sean necesarias para la ejecución del proyecto.
Mérida, 27 de agosto de 2021.
El Director General de Sostenibilidad,
JESÚS MORENO PÉREZ
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