Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Salud Pública. Intervención Administrativa. (2021062796)
Resolución de 16 de septiembre de 2021, del Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 15 de septiembre de 2021, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se alzan las medidas de intervención administrativa relativas al Nivel de Alerta Sanitaria 3 del Área de Salud de Plasencia previstas en el Acuerdo de 20 de agosto de 2021 del mismo órgano, se declara el Nivel de Alerta Sanitaria 2 en dicho área de salud y se adoptan medidas de intervención administrativa excepcionales temporales de flexibilización aplicables en toda la Comunidad Autónoma de Extremadura en el Nivel de Alerta Sanitaria 2.
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EXTRAORDINARIO NÚMERO 22
Jueves 16 de septiembre de 2021

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Por su parte, el artículo 26 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad y los
artículos 27 y 54 de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública también
reconocen la competencia de las autoridades sanitarias para adoptar medidas de intervención
administrativa.
En nuestra región la condición de autoridad sanitaria se atribuye en el artículo 3 de la Ley
7/2011, de 23 de marzo, de salud pública de Extremadura, entre otros órganos, al titular de
la Dirección General de Salud Pública, al titular de la Consejería con competencias en materia
de sanidad y al Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura. Por su parte, el artículo 9 c)
reconoce expresamente la competencia para la adopción de medidas especiales de intervención administrativa al Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en el ejercicio de sus
competencias, al igual que el apartado 1 de la disposición adicional primera del Decreto-ley
12/2020, de 19 de junio, de medidas extraordinarias y urgentes para la reactivación de la
actividad económica y social en la Comunidad Autónoma de Extremadura en el proceso hacia
la Nueva Normalidad.
Las medidas en materia de salud pública que se contemplan en este Acuerdo serán evaluadas
con una periodicidad acorde al carácter de la acción implantada, y se adoptan de acuerdo con
los criterios de proporcionalidad y de precaución, prestando especial atención a los ámbitos
sanitario y laboral y a factores, sociales, económicos y culturales que influyen en la salud de
las personas.
En virtud de cuanto antecede, a propuesta del Vicepresidente Segundo y Consejero de Sanidad y Servicios Sociales y en el ejercicio de las competencias que ostenta, este Consejo de
Gobierno, reunido en sesión ordinaria de 15 de septiembre de 2021, adopta el presente
ACUERDO
Primero. Alzamiento de las medidas de intervención administrativas previstas
en el Acuerdo de 20 de agosto de 2021 del Consejo de Gobierno de la Junta de
Extremadura.
Mediante el presente Acuerdo se alzan las medidas de intervención administrativas previstas
en el Acuerdo de 20 de agosto de 2021 del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura
por el que se declara el Nivel de Alerta Sanitaria 3 en el ámbito del Área de Salud de Plasencia,
una vez que tal medida obtuvo la oportuna ratificación por el Tribunal Superior de Justicia de
Extremadura, quedando en consecuencia sin efectos el mencionado Acuerdo.
Segundo. Del Nivel de Alerta Sanitaria 2 en el Área de Salud de Plasencia.
1. M
 ediante este Acuerdo se declara, en el ámbito del Área de Salud de Plasencia, el Nivel de
Alerta Sanitaria 2, en correlación con el Nivel de Alerta Sanitaria 2 declarado para la Comunidad Autónoma de Extremadura mediante Acuerdo de 28 de julio de 2021 del Consejo