Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062760)
Resolución de 9 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Calzadilla en materia de uso público en áreas protegidas. Nº expediente: 211803SYM002.
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NÚMERO 178
Miércoles, 15 de septiembre de 2021
44839
— Un último pago correspondiente al 50% restante de la anualidad 2021 (25.000,00
euros) una vez que el Director Técnico nombrado por la Consejería certifique que los
trabajos correspondientes al 50% restante de esta anualidad han finalizado, se han
ejecutado conforme al convenio y se han justificado los gastos y pagos relativos a este
porcentaje.
El período de justificación de los gastos y pagos referentes a las actividades incluidas en este
convenio será desde la firma del convenio hasta el 1 de diciembre de 2021.
El pago, por parte del Ayuntamiento de Calzadilla, de los gastos realizados para la consecución del objeto de este convenio podrá realizarse desde el 12 de abril hasta el 1 de diciembre
de 2021.
Para que el director técnico nombrado por la Consejería pueda emitir el certificado preceptivo
para la tramitación de cada uno de los pagos, el Ayuntamiento deberá entregar previamente
las justificaciones intermedias y del saldo final mediante la presentación de una certificación
emitida por la Intervención del Ayuntamiento o, en su defecto, del órgano que tenga atribuidas las facultades de la toma de razón en contabilidad. En este certificado se deberá hacer
constar la acción realizada y su coste, así como que se refieren a gastos previstos en el convenio efectivamente realizados y acreditados mediante facturas, nóminas de personal, seguros
sociales, o documentos contables de valor probatorio equivalente, así como su efectivo pago.
Junto a cada certificación, el Ayuntamiento remitirá una solicitud de pago especificando el
importe a abonar por parte de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad conforme lo estipulado en la presente cláusula. Además, el beneficiario deberá aportar original
o copia compulsada del acreditante de cada uno de los gastos y pagos realizados (nómina,
facturas, seguros sociales, acreditantes bancarios u otros documentos contables de valor
probatorio equivalente).
Las certificaciones emitidas por la Intervención del Ayuntamiento o, en su defecto, del órgano que tenga atribuidas las facultades de la toma de razón en contabilidad, relativas a la
justificación de gastos y pagos, además deberán soportarse aportando para cada uno de los
contratos y/o gastos realizados las listas de comprobación que se adjuntan como anexo II.
Dichas listas de comprobación deberán firmarse por la persona que ostente las funciones de
intervención en el Ayuntamiento.
Conforme a lo establecido en el artículo 46 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 52 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo “Los beneficiarios,
las entidades colaboradoras y los terceros relacionados con el objeto de la subvención o su
justificación estarán obligados a prestar colaboración y facilitar cuanta documentación sea
requerida en el ejercicio de las funciones de control a la Intervención General de la Junta de
Miércoles, 15 de septiembre de 2021
44839
— Un último pago correspondiente al 50% restante de la anualidad 2021 (25.000,00
euros) una vez que el Director Técnico nombrado por la Consejería certifique que los
trabajos correspondientes al 50% restante de esta anualidad han finalizado, se han
ejecutado conforme al convenio y se han justificado los gastos y pagos relativos a este
porcentaje.
El período de justificación de los gastos y pagos referentes a las actividades incluidas en este
convenio será desde la firma del convenio hasta el 1 de diciembre de 2021.
El pago, por parte del Ayuntamiento de Calzadilla, de los gastos realizados para la consecución del objeto de este convenio podrá realizarse desde el 12 de abril hasta el 1 de diciembre
de 2021.
Para que el director técnico nombrado por la Consejería pueda emitir el certificado preceptivo
para la tramitación de cada uno de los pagos, el Ayuntamiento deberá entregar previamente
las justificaciones intermedias y del saldo final mediante la presentación de una certificación
emitida por la Intervención del Ayuntamiento o, en su defecto, del órgano que tenga atribuidas las facultades de la toma de razón en contabilidad. En este certificado se deberá hacer
constar la acción realizada y su coste, así como que se refieren a gastos previstos en el convenio efectivamente realizados y acreditados mediante facturas, nóminas de personal, seguros
sociales, o documentos contables de valor probatorio equivalente, así como su efectivo pago.
Junto a cada certificación, el Ayuntamiento remitirá una solicitud de pago especificando el
importe a abonar por parte de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad conforme lo estipulado en la presente cláusula. Además, el beneficiario deberá aportar original
o copia compulsada del acreditante de cada uno de los gastos y pagos realizados (nómina,
facturas, seguros sociales, acreditantes bancarios u otros documentos contables de valor
probatorio equivalente).
Las certificaciones emitidas por la Intervención del Ayuntamiento o, en su defecto, del órgano que tenga atribuidas las facultades de la toma de razón en contabilidad, relativas a la
justificación de gastos y pagos, además deberán soportarse aportando para cada uno de los
contratos y/o gastos realizados las listas de comprobación que se adjuntan como anexo II.
Dichas listas de comprobación deberán firmarse por la persona que ostente las funciones de
intervención en el Ayuntamiento.
Conforme a lo establecido en el artículo 46 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 52 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo “Los beneficiarios,
las entidades colaboradoras y los terceros relacionados con el objeto de la subvención o su
justificación estarán obligados a prestar colaboración y facilitar cuanta documentación sea
requerida en el ejercicio de las funciones de control a la Intervención General de la Junta de