Consejería De Igualdad Y Portavocía. Violencia De Género. Subvenciones. (2021062767)
Resolución de 18 de agosto de 2021, de la Secretaría General, de concesión de una subvención directa, sin convocatoria previa, a FEXAMUR (Federación Extremeña de Asociaciones de Mujeres Rurales) para la realización del proyecto "Extremadura mira en violeta: sumando esfuerzos" en el marco del Pacto de Estado contra la violencia de género.
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NÚMERO 178
Miércoles, 15 de septiembre de 2021

44868

Para ello, la entidad beneficiaria deberá presentar a la Consejería de Igualdad y Portavocía, en el plazo de 10 días siguientes a la notificación de la propuesta de resolución de
concesión, comunicación de aceptación de la subvención. Una vez aprobada la resolución,
deberá remitir en el plazo de 10 días siguientes a su notificación, declaración responsable
de la persona que ejerza la representación legal de esta entidad del cumplimiento de la
adopción de las medidas de publicidad, acompañado de fotografía de la placa identificativa
de la subvención concedida conforme a las especificaciones del Manual de Identidad Corporativa de la Junta de Extremadura.
3. La Consejería de Igualdad y Portavocía, con carácter previo al pago, consultará o recabará
de oficio los documentos o información de estar el beneficiario al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda autonómica y frente a la Seguridad
Social, salvo que la entidad ejerza su derecho a oposición, debiendo presentar en este caso
certificación o información acreditativa de que se encuentra al corriente en el cumplimiento
de sus obligaciones tributarias y de otros ingresos de derecho público con la Hacienda de la
Comunidad Autónoma de Extremadura o Certificación o información acreditativa de que se
encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones frente a la Seguridad Social,
según corresponda.
A
 simismo, esta Consejería consultará y recabará de oficio los documentos o información
de estar el beneficiario al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con
la Hacienda estatal, previo consentimiento expreso prestado por el beneficiario. En caso
de que el beneficiario no preste su consentimiento expreso o lo haya cancelado, deberá
presentar certificación o información acreditativa de que se encuentra al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado
4. L
 a justificación de este único pago se realizará, en todo caso, antes del 31 de marzo de
2022, mediante certificación pormenorizada expedida por FEXAMUR de los gastos y pagos
efectuados en la ejecución del programa junto con el cumplimiento de la finalidad de la
subvención, acompañada de las copias de las facturas, los recibos de pagos y demás justificantes de gastos y documentos contables de valor probatorio equivalente.
Cuando no se justificara la totalidad de las actividades objeto de la subvención en la forma
y plazo establecida se procederá al reintegro total o parcial de la ayuda, o de la pérdida del
derecho al cobro de la misma, según proceda, en el caso de incumplimiento de la finalidad
y objeto de la subvención, de conformidad con la normativa aplicable en la materia.
La entidad deberá remitir a la Consejería de Igualdad y Portavocía, en el plazo de 15 días
desde la recepción de dicho pago, certificación expedida por la persona responsable de la
entidad acreditativa del ingreso con destino al fin para el que ha sido concedido.