Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062759)
Resolución de 9 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica a favor del Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón para financiar las actuaciones de apoyo y otros gastos similares para la puesta en marcha y desarrollo de la oficina del proyecto "Sistemas de Cirugía Robótica de Mínima Invasión, (TREMIRS)".
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NÚMERO 177
Martes, 14 de septiembre de 2021
44619
• Equipamiento para la O.T: 45.400,00 euros.
• Gastos de publicidad: 5.000,00 euros.
• Asistencia técnica para la gestión de proyectos con CPI y gestión de proyectos de I+D:
99.600,00 euros.
Total, del gasto: 300.000,00 euros.
Quinta. Pago y justificación.
1. L
os pagos de esta transferencia específica se harán efectivos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108.1 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública
de Extremadura y en el artículo 3.1 del Decreto 105/2005, de 12 de abril, por el que se
aprueba el Plan de disposición de fondos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para el año 2005. Al tratarse de una transferencia cuyo crédito es 300.000,00
euros, el pago de la misma se efectuará de una sola vez.
2. L
os gastos derivados de esta transferencia deberán estar referidos al período comprendido
entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021.
Sobre la base de lo expuesto, y con el objeto de proporcionar una mayor evidencia, seguimiento y verificación de la cuenta justificativa, será preciso concretar aspectos tales como
el modo de presentación de dicha cuenta justificativa, la memoria de actividades, los recursos humanos y materiales, cuantificados económicamente, la documentación en ficheros
electrónicos y el cumplimiento de los requisitos de identificación, información y publicidad
de la Junta de Extremadura, a tal efecto se establecen las instrucciones que, con precisión
y sistematización, serán de obligado cumplimiento para la entidad, en el anexo I.
No obstante, la justificación será realizada en los términos dispuestos en el artículo 35 de
la Ley 6/2011, de Subvenciones de Extremadura.
3. L
a justificación de las actuaciones realizadas durante toda la vigencia del Convenio será
única y final y se podrá presentar hasta el 31 de enero de 2022.
Sexta. Obligaciones de la entidad beneficiaria.
El Centro de Cirugía de Mínima Invasión “Jesús Usón” está obligado a:
a) Realizar las actividades objeto de la ayuda y destinar la misma a la finalidad para la que
ha sido concedida, en la forma, condiciones y plazos establecidos.
Martes, 14 de septiembre de 2021
44619
• Equipamiento para la O.T: 45.400,00 euros.
• Gastos de publicidad: 5.000,00 euros.
• Asistencia técnica para la gestión de proyectos con CPI y gestión de proyectos de I+D:
99.600,00 euros.
Total, del gasto: 300.000,00 euros.
Quinta. Pago y justificación.
1. L
os pagos de esta transferencia específica se harán efectivos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108.1 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública
de Extremadura y en el artículo 3.1 del Decreto 105/2005, de 12 de abril, por el que se
aprueba el Plan de disposición de fondos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para el año 2005. Al tratarse de una transferencia cuyo crédito es 300.000,00
euros, el pago de la misma se efectuará de una sola vez.
2. L
os gastos derivados de esta transferencia deberán estar referidos al período comprendido
entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021.
Sobre la base de lo expuesto, y con el objeto de proporcionar una mayor evidencia, seguimiento y verificación de la cuenta justificativa, será preciso concretar aspectos tales como
el modo de presentación de dicha cuenta justificativa, la memoria de actividades, los recursos humanos y materiales, cuantificados económicamente, la documentación en ficheros
electrónicos y el cumplimiento de los requisitos de identificación, información y publicidad
de la Junta de Extremadura, a tal efecto se establecen las instrucciones que, con precisión
y sistematización, serán de obligado cumplimiento para la entidad, en el anexo I.
No obstante, la justificación será realizada en los términos dispuestos en el artículo 35 de
la Ley 6/2011, de Subvenciones de Extremadura.
3. L
a justificación de las actuaciones realizadas durante toda la vigencia del Convenio será
única y final y se podrá presentar hasta el 31 de enero de 2022.
Sexta. Obligaciones de la entidad beneficiaria.
El Centro de Cirugía de Mínima Invasión “Jesús Usón” está obligado a:
a) Realizar las actividades objeto de la ayuda y destinar la misma a la finalidad para la que
ha sido concedida, en la forma, condiciones y plazos establecidos.