Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062750)
Resolución de 3 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto del Nudo San Serván 400 kV correspondiente a la subestación "SUB1 colectora San Serván 400/220 kV", a realizar en el término municipal de Mérida (Badajoz). Expte.: IA20/1555.
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NÚMERO 177
Martes, 14 de septiembre de 2021



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2. M
 ediante acuerdos de custodia de territorio, se destinará para la conservación de
aves esteparias, una superficie del 20% de la superficie total de las plantas fotovoltaicas que comparten las infraestructuras de evacuación del nudo San Serván
400 kV correspondientes a la subestación “Sub1 colectora San Serván 400 kV”.

Preferiblemente, se dedicará a la conservación en el entorno comarcal de estas
plantas. Se dejará la zona elegida sin laboreo ni pastoreo durante al menos 3
años, para que vaya creciendo el pasto de forma natural. Si fuera necesario reducir la altura del pasto o dejar diferentes zonas con diferentes alturas se hará
mediante pastoreo selectivo o laboreo manual. La gestión de esta reserva se llevará en colaboración con personal técnico de la Dirección General en materia de
Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas. La reserva deberá mantenerse
durante toda la vida útil de la planta y las medidas de conservación se concretarán en la plan de vigilancia ambiental
D.5. Medidas para la restauración una vez finalizada la actividad.


E
 n caso de finalización de la actividad se deberá dejar el terreno en su estado original,
desmantelando y retirando todos los escombros y residuos por gestor autorizado. Se
elaborará un plan que contemple tanto la restauración de los terrenos afectados como
la vegetación que se haya podido dañar. Se dejará el área de actuación en perfecto
estado de limpieza, siendo retirados los residuos cumpliendo la Ley 22/2011, de 28
de julio, de residuos y suelos contaminados, con el restablecimiento de la escorrentía
original, intentando mantener la topografía original del terreno y procurando la restitución del terreno a su vocación previa al proyecto. Estas medidas se realizarán en
un periodo inferior a 9 meses a partir del fin de la actividad.



S
 e deberá presentar un plan de restauración un año antes de la finalización de la actividad en el que se recojan las diferentes actuaciones que permitan dejar el terreno
en su estado original, teniendo en cuenta la restauración paisajística y de los suelos,
así como de la gestión de los residuos generados. Dicho plan deberá ser aprobado
antes de su ejecución por el órgano ambiental, que llevará a cabo las modificaciones
que estime necesarias.

E) Conclusión de la evaluación de las repercusiones sobre la Red Natura 2000.
Visto el informe del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas y, analizadas las características y ubicación del proyecto del Nudo San Serván 400 kV correspondiente a la subestación denominada “SUB1 colectora San Serván 400/220 kV” se considera
que no es susceptible de afectar de forma apreciable a las especies o hábitats que son
objeto de conservación en algún lugar de la Red Natura 2000, tanto individualmente como
en combinación con otros proyectos que se plantean desarrollar en el entorno.