Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062751)
Resolución de 3 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Desdoblamiento de la LAAT-3078-25 "Alburquerque", 45 kV, de la ST "Cáceres", entre la STR "Membrío" y la STR "Valencia de Alcántara"", a realizar en los términos municipales de Membrío y Valencia de Alcántara (Cáceres), cuyo promotor es I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: IA20/1590.
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NÚMERO 177
Martes, 14 de septiembre de 2021

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para cada superficie, y se realizará de manera progresiva con el objeto de poderla
integrar paisajísticamente. En todas las áreas deterioradas se potenciará la recuperación de la vegetación natural mediante siembras y plantaciones de apoyo.


31. Al finalizar los trabajos se deberá proceder a la retirada de los apoyos sustituidos, y de
la maquinaria, estructuras y edificaciones utilizadas durante la ejecución del proyecto. Así mismo será retirado cualquier tipo de restos contaminantes y/o impactantes
generados, los cuales serán depositados en un vertedero o un lugar de recepción
autorizado para ello. No se permite arrojar, depositar, enterrar o incinerar basuras,
escombros o residuos de cualquier origen y naturaleza en las zonas de actuación.
Se pondrá especial atención en la retirada de cualquier material no biodegradable,
contaminante, impactante o perjudicial para la fauna y/o flora de la zona, generado
durante la realización de los trabajos (plásticos, metales, etc.), estos serán depositados en un vertedero o un lugar de recepción autorizado para ello.



32. L as medidas de integración, restauración y revegetación deberán estar ejecutadas
antes de 6 meses desde la finalización de las obras.

D.3. Medidas en fase de explotación.


1. Se mantendrán en correcto estado de funcionamiento y operativas todas las instalaciones y dispositivos para cumplir las medidas correctoras incluidas en la presente declaración.



2. Para las labores de mantenimiento de la instalación, se deberá tener en cuenta
que, a priori, en la época de reproducción quedan prohibidos los trabajos de mantenimiento de las partes de los tendidos eléctricos que soporten nidos o que en sus
proximidades nidifiquen aves incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, de acuerdo con la Ley 42/2007, de 13 de diciembre,
del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.



3. S
 e cumplirá lo dispuesto en los términos recogidos en el Real Decreto 1066/2001,
de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones
radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas.

D.4. Medidas compensatorias.


1. Se instalará una caja nido en cada uno de los nuevos apoyos del tramo final de la
LAAT (de A92 a A129). Las cajas nido serán de corcho y cal y dispondrán de sistemas antidepredación de pollos. Del total de cajas nido a instalar, 9 de cada 10