Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062751)
Resolución de 3 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Desdoblamiento de la LAAT-3078-25 "Alburquerque", 45 kV, de la ST "Cáceres", entre la STR "Membrío" y la STR "Valencia de Alcántara"", a realizar en los términos municipales de Membrío y Valencia de Alcántara (Cáceres), cuyo promotor es I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: IA20/1590.
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NÚMERO 177
Martes, 14 de septiembre de 2021
44756
Ambiental, en cumplimiento del artículo 68 de la Ley 16/2015, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Con fecha de 27 de agosto de 2021 el promotor presenta en la Dirección General de Sostenibilidad solicitud de inicio de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto
“Desdoblamiento de la LAAT-3078-25 “Alburquerque”, 45 kV, de la ST “Cáceres”, entre la
STR “Membrío” y la STR “Valencia de Alcántara”” y el resto de documentación en cumplimiento con el artículo 69 de la Ley 16/2015 de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Desde la Dirección General de Sostenibilidad, una vez completado formalmente el expediente de impacto ambiental, se inicia el análisis técnico del mismo conforme al artículo 70
de la precitada Ley.
En el análisis se determina que el promotor ha tenido debidamente en cuenta los informes
recibidos. Para todos los informes emitidos, el promotor manifiesta su conformidad y se
compromete a implementar cada una de las medidas propuestas.
C.1 Análisis ambiental para la selección de alternativas.
Para la ubicación del trazado de la línea se han valorado 2 alternativas, además de la
alternativa cero, que supondría la no realización del proyecto. Esta alternativa de no
realización del proyecto queda descartada debido a que la actuación va encaminada a
garantizar el derecho de los consumidores de la comarca de Sierra de San Pedro - Los
Baldíos al suministro de energía eléctrica y a la adecuación de éste a sus necesidades
en términos de seguridad, calidad y eficiencia.
En el análisis de alternativas se han tenido en cuenta factores tales como la pendiente,
la hidrología, la vegetación, los hábitats, la flora y fauna o los espacios naturales, entre
otros. Los criterios ambientales para el estudio de soluciones que tendrán más peso,
debido a las características de los recursos naturales de la zona de estudio, y que por
lo tanto determinarán cuál es la solución óptima serán:
—M
ínima afección posible a la ZIR (ZEPA/ZEC) Sierra de San Pedro, en especial a la
Zona de Uso Restringido, la cual es afectada en la actualidad por la LAAT existente.
— I mpacto sobre el paisaje teniendo en cuenta la obstrucción visual que pueda suponer la existencia de la LAAT en la cuenca visual desde la carretera N-521 hacia la
ZIR “Sierra de San Pedro”.
— I mpacto sobre charcas y lagunas, como zonas de refugio de las aves acuáticas y
en especial sobre el embalse de Membrío / Pantano del Cementerio, cruzado en su
cola por la actual LAAT.
Martes, 14 de septiembre de 2021
44756
Ambiental, en cumplimiento del artículo 68 de la Ley 16/2015, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Con fecha de 27 de agosto de 2021 el promotor presenta en la Dirección General de Sostenibilidad solicitud de inicio de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto
“Desdoblamiento de la LAAT-3078-25 “Alburquerque”, 45 kV, de la ST “Cáceres”, entre la
STR “Membrío” y la STR “Valencia de Alcántara”” y el resto de documentación en cumplimiento con el artículo 69 de la Ley 16/2015 de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Desde la Dirección General de Sostenibilidad, una vez completado formalmente el expediente de impacto ambiental, se inicia el análisis técnico del mismo conforme al artículo 70
de la precitada Ley.
En el análisis se determina que el promotor ha tenido debidamente en cuenta los informes
recibidos. Para todos los informes emitidos, el promotor manifiesta su conformidad y se
compromete a implementar cada una de las medidas propuestas.
C.1 Análisis ambiental para la selección de alternativas.
Para la ubicación del trazado de la línea se han valorado 2 alternativas, además de la
alternativa cero, que supondría la no realización del proyecto. Esta alternativa de no
realización del proyecto queda descartada debido a que la actuación va encaminada a
garantizar el derecho de los consumidores de la comarca de Sierra de San Pedro - Los
Baldíos al suministro de energía eléctrica y a la adecuación de éste a sus necesidades
en términos de seguridad, calidad y eficiencia.
En el análisis de alternativas se han tenido en cuenta factores tales como la pendiente,
la hidrología, la vegetación, los hábitats, la flora y fauna o los espacios naturales, entre
otros. Los criterios ambientales para el estudio de soluciones que tendrán más peso,
debido a las características de los recursos naturales de la zona de estudio, y que por
lo tanto determinarán cuál es la solución óptima serán:
—M
ínima afección posible a la ZIR (ZEPA/ZEC) Sierra de San Pedro, en especial a la
Zona de Uso Restringido, la cual es afectada en la actualidad por la LAAT existente.
— I mpacto sobre el paisaje teniendo en cuenta la obstrucción visual que pueda suponer la existencia de la LAAT en la cuenca visual desde la carretera N-521 hacia la
ZIR “Sierra de San Pedro”.
— I mpacto sobre charcas y lagunas, como zonas de refugio de las aves acuáticas y
en especial sobre el embalse de Membrío / Pantano del Cementerio, cruzado en su
cola por la actual LAAT.