Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062744)
Resolución de 3 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y la Fundación Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón, por el que se formaliza una transferencia específica para el desarrollo de actividades de formación de profesionales sanitarios en el año 2021.
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NÚMERO 176

44481

Lunes, 13 de septiembre de 2021

— Imposibilidad sobrevenida, legal o material, para el desarrollo de las actividades que
constituyen su objeto.
Octava. Vigencia y eficacia.
La vigencia del presente convenio se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2021. No obstante, los efectos del mismo se retrotraen al 1 de enero de 2021.
Novena. Naturaleza jurídica del convenio.
El presente convenio por el que se formaliza una transferencia específica tiene naturaleza administrativa, estando excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre,
de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español
las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de
febrero de 2014, de conformidad con lo dispuesto en su artículo 6.2; así mismo está excluido
del ámbito de aplicación de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, conforme a lo establecido en el artículo 3.a) de la misma.
Este convenio se regirá por lo pactado en sus estipulaciones y, en todos aquellos términos y
obligaciones que le sean de aplicación, por lo dispuesto en el Capítulo VI del Título Preliminar
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, al encontrarse
entre los tipos de convenios recogidos por su artículo 47.2. De esta forma, en defecto de normas específicas, se aplicarán los principios de dicho texto legal para resolver dudas y lagunas
que pudieran producirse.
Asimismo, se regirá por lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 1/2021, de 3 de febrero de
Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2021, en
el que se determina la necesidad de recabar la autorización previa del Consejo de Gobierno
cuando la cuantía que aporte la Junta de Extremadura supere los 60.000 euros, y en el artículo 45 de esa misma Ley 1/2021, de 3 de febrero, que establece el procedimiento a seguir para
la formalización de una transferencia específica mediante convenio suscrito por el titular de la
sección presupuestaria a la que se encuentren adscritos los créditos, tal y como se desarrolla
en el expositivo tercero del presente convenio.
Como consecuencia de la naturaleza administrativa señalada, las cuestiones litigiosas se resolverán en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Y en prueba de conformidad con el contenido del presente convenio, las partes lo firman en
Mérida, a la fecha de su firma electrónica.

El Consejero de Sanidad y

El Director Gerente de

Servicios Sociales,

La Fundación CCMIJU,

JOSÉ MARÍA VERGELES BLANCA

LUIS CASAS LUENGO