Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2021AC0066)
Acuerdo de 25 de marzo de 2021, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, sobre modificación puntual n.º 8 del Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano de Torreccilla de los Ángeles, que tiene por objeto la reclasificación de SNU a SUNC de diversas parcelas lindantes con el PDSU vigente, a fin de posibilitar la regularización de su situación. Con la consiguiente creación de una nueva UA-2 (discontinua) homologada, estableciéndose su ordenación detallada, y generándose ordenanzas aplicables tanto para las parcelas de uso lucrativo (ordenanza "Residencial Aislada") como para las zonas verdes previstas.
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NÚMERO 174
Jueves, 9 de septiembre de 2021

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ANEXO II_ RESUMEN EJECUTIVO DE LAS CARACTERÍSTICAS ESENCIALES DE LA NUEVA ORDENACIÓN
Y EXTRACTO EXPLICATIVO DE SUS ASPECTOS AMBIENTALES
En el presente documento se sintetizan las alteraciones que la modificación puntual número 8 del
Proyecto de Delimitación del Suelo Urbano de Torrecilla de los Ángeles introduce en la actual
ordenación de suelo de su término municipal.
1.- RESUMEN EJECUTIVO DE LAS CARACTERÍSTICAS ESENCIALES DE LA NUEVA ORDENACIÓN.
La modificación puntual número 8 se redacta con el fin de ampliar la actual Delimitación de
Suelo Urbano de Torrecilla de los Ángeles (Cáceres) a fin de incluir diversas edificaciones en su
perímetro, de manera que se posibilite la ulterior legalización de las mismas.
1.1- OBJETO Y ALCANCE DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN NÚMERO 8 DEL PDSU DE
TORRECILLA DE LOS ÁNGELES.
El objeto de dicha Modificación será la inclusión de 15 parcelas de distintos titulares,
dentro de la actual delimitación de Suelo Urbano, para ello se reclasificarán de Suelo
No Urbanizable a Suelo Urbano No Consolidado de Uso Residencial, para dar respuesta
a la necesidad de edificar en condiciones de legalidad, y sentar las bases para la
posterior regularización de edificaciones ya construidas, de varios propietarios de
suelo que residen actualmente en la localidad, contribuyendo de esta manera a la
fijación de población del municipio.
1.2.- ÁMBITO AFECTADO POR EL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN NÚMERO 7 DEL PDSU DE
TORRECILLA DE LOS ÁNGELES.
La superficie de suelo afectada es de 7.045’00 m². Dicha superficie se presenta en seis
zonas colindantes con el actual límite de suelo urbano mediante una unidad
discontinua (UA-2).
1.3.- JUSTIFICACIÓN.
Las parcelas objeto de la Modificación nº8 cuentan con todos los servicios, es decir,
acceso rodado, abastecimiento de agua, evacuación de aguas residuales, electricidad,
condiciones indispensable que debe tener el Suelo Urbano, según el Artículo 9 la
LSOTEX, lo que ha permitido a los propietarios comenzar a edificar en los terrenos sus
respectivas viviendas. Si bien es cierto que actualmente se encuentran en una
situación de ilegalidad, y será necesaria su posterior regularización.
Por tanto la Modificación pretende establecer la estructura y ordenación de estos
terrenos, teniendo en cuenta las preexistencias, y así además sentar las bases de la
posterior adecuación de las edificaciones al marco legal establecido.
En aplicación del artículo 81.1.b de la LSOTEX, el suelo a incluir mediante la MP8, no
supone un aumento de más del 30 % de la Superficie de Suelo Urbano del PDSU
(teniendo en cuenta la suma de todas las modificaciones del municipio).
Se establece la ordenación detallada para el suelo residencial mediante la U.A.2.
discontinua, que engloba a seis ámbitos dentro de la misma, en la que se mantiene
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