Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062689)
Resolución de 27 de agosto de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual n.º 8 (1/2021) de las Normas Subsidiarias de La Garrovilla.
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NÚMERO 173

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Martes, 7 de septiembre de 2021

usos”, “e) Uso Institucional y Público”, “Categoría 10 Tanatorio-Sala Velatorio”. Dicho uso
se define como, el lugar donde se vela a un difunto, ya sea de titularidad pública como
privada, ubicándose únicamente en zonas calificadas en planeamiento como uso industrial,
con ordenanzas, industria ligera e industria media. Este uso sólo se permitirá en edificios
independientes.
Asimismo, se modifica el artículo 60 “Condiciones particulares de la zona de Industria Ligera”, “2. Condiciones particulares de uso”, incluyendo el apartado d) “Institucional y Público”, como uso permitido, concretamente la categoría 2 (Espectáculos), en situación 1 (en
planta baja de edificios) y 2 (en edificios independientes), y la categoría 10 (Tanatorio-Sala
Velatorio) en situación 2 (en edificios independientes).
Finalmente, se modifica el artículo 61 “Condiciones particulares de la zona de Industria
Media”, “2. Condiciones particulares de uso”, incluyendo el apartado d) “Institucional y Público”, como uso permitido, concretamente la categoría 2 (Espectáculos), en situación 1 (en
planta baja de edificios) y 2 (en edificios independientes), y la categoría 10 (Tanatorio-Sala
Velatorio) en situación 2 (en edificios independientes).
2. Consultas
El artículo 51 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, establece que el órgano ambiental consultará a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, poniendo a su disposición el
documento ambiental estratégico y el borrador del plan o programa, debiendo las Administraciones públicas afectadas y las personas interesadas consultadas pronunciarse en el
plazo máximo de treinta días hábiles desde la recepción de la solicitud de informe.
Para dar cumplimiento a dicho trámite, con fecha 9 de junio de 2021, se realizaron consultas a las Administraciones Públicas afectadas y a las personas interesadas para que se
pronunciaran en el plazo indicado, en relación con las materias propias de su competencia,
sobre los posibles efectos significativos sobre el medio ambiente de la modificación puntual
propuesta.

LISTADO DE CONSULTADOS

RESPUESTAS

Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas

X

Servicio de Regadíos

X

Servicio de Ordenación del Territorio

X